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Fiscalía logra prisión efectiva para sujeto que robó celular a haitiano en San Bernardo

Delito afectó a pasajero de bus del Transantiago e imputado contaba con dos condenas anteriores de robo por sorpresa.

Fiscalía Local de San Bernardo

Fiscalía Local de San Bernardo

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo condenó a 3 años de prisión efectiva a Kevin Ovalle Muñoz por el robo de un celular al ciudadano haitiano Josehp Jacqueline Gresil, situación que ocurrió cuando el bus del transantiago transitaba por calle Urmeneta en San Bernardo.

El fiscal a cargo del caso Daniel Ríos Karl presentó ante el tribunal —integrado por los magistrados Juan Madrid Pozas, juez presidente de sala; Mauricio Castillo Pizarro y Max Iturra Leiva— los testigos presenciales del hecho, de manera de acreditar la existencia del delito y la participación del imputado en él.

"Debido a la naturaleza del hecho fue necesaria la ayuda de un traductor para esclarecer el testimonio de la víctima, que en presencia de un compatriota logró dar detalles del siniestro, cosa que ayudó al Tribunal a tomar una decisión" argumentó el fiscal Ríos sobre el juicio oral.

Especial relevancia tuvieron en el fallo el relato de la propia víctima quien depuso en estrados que el día 16 de julio de 2017, cuando se disponía a revisar un mensaje de texto en su teléfono celular se vio sorprendido por el imputado quien, al bajar del bus, le arrebata el aparato de sus manos y huye por la calle.

Sin embargo, el ciudadano haitiano salió en persecución del delincuente, el que al verse acorralado lanzó el celular pero no detuvo su escape. Sin embargo, fue atrapado por Carabineros y detenido en el momento.

El imputado que permanecía con arresto domiciliario nocturno deberá cumplir una pena de 3 años de presidio menor en su grado máximo de prisión efectiva en su calidad de autor del delito consumado de robo por sorpresa.

Cabe destacar que Ovalle Muñoz contaba con dos condenas anteriores del año 2016 por la misma causa por la que fue acusado.

"El tribunal rechazó la petición de la defensa de considerar el ilícito en grado de frustrado, pues la dinámica del hecho acreditado nos probó que el encausado logró extraer la especie de la esfera de resguardo -constituida en primer momento- por la persona de la víctima, y luego por el espacio de protección generado por un autobús que tiene como seguridad puertas que se mantienen permanentemente cerradas durante su trayecto. De este modo, el acusado aprovechó el momento que estaba el vehículo detenido con las puertas abiertas para extraer la especie desde la persona del ofendido, y luego desde el interior del vehículo, quebrando toda posibilidad de resguardo de la especie que se tenía hasta ese momento.

 

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