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Caso Sename: Fiscalía formaliza por apremios ilegítimos a 8 funcionarios de CREAD Galvarino

Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork señaló en la formalización que imputadas “aún percatándose de la situación de sufrimiento” de la menor L.V.P., “no la soltaron, se mofaron y persistieron en su actuar, situación que se mantuvo hasta que la niña dejó de moverse”.

Fiscalía Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork

Fiscalía Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork

Por apremios ilegítimos, que en el caso de L.V.P. sólo concluyeron con la muerte de la menor, la Fiscalía formalizó investigación respecto de ocho funcionarios públicos del Servicio Nacional de Menores (Sename), quienes a la fecha de los hechos trabajaban en el Centro de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) Galvarino.

De acuerdo a los hechos que fueron expuestos ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago por el Fiscal Regional de Los Lagos, Marcos Emilfork Konow, las educadoras de trato directo C.A.F.C. y T.S.O.G., a eso de las 20.00 horas del 11 de Abril de 2016, “en castigo a una desobediencia de la niña, al margen de los protocolos de actuación de Sename, la redujeron violentamente boca abajo contra el piso, por medio de maniobras físicas consistentes en sujetar fuertemente las piernas de la niña, las que resultaron lesionadas, posibilitando así que la educadora C.A.F.C, quien a la fecha pesaba alrededor de 90 kilos, se subiera sobre la niña presionando con su cuerpo fuertemente la espalda y tórax de la niña contra el suelo, al tiempo que con sus manos le sujetaba los brazos, inmovilizándola, procedimiento que se extendió por varios minutos”.

El persecutor sostuvo que la menor trató de zafarse de la opresión que le dificultaba la respiración “para lo cual llevaba su rostro a uno y otro lado en el suelo, el que resultó lesionado, intentando respirar y gritándoles que la soltaran, que se iba a portar bien, que se estaba ahogando”. Agregó Emilfork en la formalización que “aún percatándose de la situación de sufrimiento de la niña, las imputadas no la soltaron, se mofaron y persistieron en su actuar, situación que se mantuvo hasta que la niña dejó de moverse, falleciendo momentos más tarde”, siendo la causa de muerte asfixia mecánica combinada con elementos de sofocación, de acuerdo a lo establecido por el Servicio Médico Legal.

 

Estos hechos, a juicio de la Fiscalía, constituyen el delito consumado de apremios ilegítimos del artículo 150 letra A del Código Penal, imputándole a ambas funcionarias participación en calidad de autoras.

 

Emilfork señaló en la audiencia que previos a estos hechos, hubo al menos otras dos situaciones de apremios en relación a Lissette. El primero de éstos ocurrió el 16 de Abril de 2015, oportunidad en que habrían participado las funcionarias O.C.V.M. y C.E.G.T. En tanto, el 14 de diciembre de 2015 hubo otro episodio, en que se le imputa participación al educador de trato directo L.L.E..

Respecto de la directora del Centro Galvarino, M.M.L., y la funcionaria J.F.O., la Fiscalía indicó en la formalización que ambas estaban en conocimiento de los apremios a los que estaba siendo sometida la víctima, y que “no los impidieron ni los hicieron cesar, pudiendo y teniendo la facultad y autoridad para hacerlo”, agregando que tampoco “implementaron ni supervisaron oportunamente acciones de inducción y capacitación en las funciones” de las otras imputadas. También apuntó que la directora como la funcionaria “conocían las represalias y castigos violentos de sus subordinados, que se verificaban en respuesta a las conductas disruptivas de la niña”, añadiendo que “les era posible prever el resultado letal de tales acciones”. En el caso de estas dos funcionarias también se les imputa participación en calidad de autoras del delito consumado establecido en el artículo 150 A.

El equipo de fiscales que lidera el Fiscal Emilfork además estableció un segundo grupo de hechos, que se vinculan a situaciones de apremios respecto de otros menores que se encontraban bajo custodia del Estado en el Cread Galvarino. Es así como se expuso el caso de dos menores quienes en marzo de 2016, quienes “al margen de los protocolos de actuación de Sename y a modo de represalia ante un desajuste conductual”, habrían sido agredidos por el funcionario L.C.L. En uno de estos casos el menor fue tomado del cuello de su polera y arrastrado hasta un dormitorio, “para posteriormente lanzarlo al suelo sobre unas frazadas, envolviéndolo por unos minutos, para posteriormente tomar al niño por sus brazos, sujetándolo con fuerza, apretándolos contra el propio cuerpo de la víctima, lo que provocó dolor en los brazos de la víctima por varios días”, dijo el Fiscal Regional de Los Lagos. Al igual que los demás funcionarios, también se formalizó a este educador como autor del delito consumado establecido en el artículo 150 A.

Durante la audiencia la Fiscalía solicitó la prisión preventiva de las 4 imputadas que tuvieron relación con los hechos que provocaron la muerte de L.V.P., para lo cual el fiscal Marcello Sambuceti comenzó a exponer detalladamente los antecedentes reunidos en la carpeta investigativa.

En la audiencia, el Tribunal determinó excluir al Servicio Nacional de Menores como querellante en esta causa.

 

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