06/12/2024
Fiscalía de Limache logra condena efectiva de 5 años para autor de violación
-Delito fue cometido en el contexto de una junta de compañeros el año 2022 en una vivienda de la comuna de Olmué.
Fiscalía Local de Limache
Ante la sala del Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar, integrada por la Jueza Presidenta de Sala Mónica Oliva Rybertt y los jueces Leticia Morales Polloni y Claudio Osorio Llanos se desarrolló el juicio en contra de acusado varón de 24 años por hechos de connotación sexual ocurrido en la comuna de Olmué en julio del año 2022, en el contexto de una reunión de compañeros.
Se presentó prueba pericial, documental y testimonial, que incluyó la declaración de la propia víctima. El Fiscal Jefe de Limache, Guillermo Sánchez, valoró el testimonio de la afectada y enfatizó durante sus alegatos la importancia del consentimiento en toda relación.
“Principalmente en relación con el consentimiento, respecto de lo cual, tanto jurisprudencial como doctrinalmente, se encuentra meridianamente claro que, el consentimiento de una víctima respecto de la mantención de relaciones sexuales, es un consentimiento libre, prestado de manera no implícita, es decir, no se debe presumir el consentimiento y lo más importante, es que ese consentimiento es esencialmente revocable, esto es, que en cualquier etapa de los actos que llevan a una relación sexual, (…), cualquiera de los partícipes tiene todo el derecho, en cualquier momento, de decir que ya no quiere continuar en la misma, por lo que la contraparte tiene la obligación de respetar dicha voluntad”, señaló el Fiscal Sánchez durante sus alegatos. Antecedentes que fueron valorados por el Tribunal, quien condenó al acusado como autor del delito de violación.
“Estos juzgadores estiman que, tanto de los hechos postulados en la acusación como de los antecedentes contenidos durante la investigación y que fueron introducidos por los testigos que comparecieron al juicio, se desprende que el acusado y la defensa sabían perfectamente las acciones específicas que se estaban imputando, así como conocían también los antecedentes probatorios que existían en contra del acusado, sin que este tribunal se haya excedido de los contenidos exigidos por la ley, pues se condena por los mismos hechos postulados en la acusación, acaecidos en el mismo lugar y en el mismo periodo temporal, debiendo considerarse también que el consentimiento en esta materia no es indivisible, sino fraccionable, renovándose minuto a minuto”, señaló el Tribunal en la sentencia.
El acusado fue condenado a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Además el Tribunal determinó que la pena es de cumplimiento efectivo.