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Fiscalía de San Antonio logró condena de 17 años de presidio para autor de homicidio calificado

-La víctima había sido pareja de la hija del condenado, quien se encontraba al interior de una discoteca al momento del delito.

Fiscalía Local de San Antonio

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El Tribunal  de Juicio Oral en Lo Penal de San Antonio dictó de forma unánime un veredicto condenatorio en contra de Juan Vera Saavedra, acusado por el Ministerio Público por homicidio calificado. Durante el juicio el Fiscal de San Antonio, Rolando Ramírez, expuso los hechos de la acusación.  

“El día 11 de noviembre de 2018, a las 03:20 hrs. aproximadamente, y en circunstancias que la víctima de 27 años de edad, se encontraba junto a unos amigos en el sector VIP de la discoteca “Club 9”, ubicada en la comuna de San Antonio, ingresó al sector el imputado, quien luego de observar el lugar en donde se encontraba Morales Henríquez se retira y regresa momentos después empuñando un arma de fuego corta que ocultaba entre sus vestimentas, ubicándose cerca de la víctima al tiempo que simulaba bailar junto a otras personas.  Para luego, actuando sobre seguro y con ánimo de darle muerte, acercarse a la víctima y efectuarle un disparo en su zona torácica, huyendo luego hacia los estacionamientos de la discoteca en donde aborda un automóvil en el cual se da a la fuga”, expuso el Fiscal Ramírez durante el juicio, que se desarrolló de manera presencial.

“El ministerio Público presentó una acusación por homicidio calificado y para acreditar los hechos se rindió, durante los tres días que duró el juicio oral, prueba testimonial, documental, pericial y audiovisual. Los hechos de la acusación se encuadran en el delito de homicidio calificado, en su hipótesis de un actuar con alevosía”, expuso el Fiscal Ramírez tras la condena. “Morales jamás pensó que el acusado era una amenaza para su vida y esta confianza que tenía no estaba dada por circunstancias particulares de él, sino que por el despliegue que hizo el acusado para engañar al ofendido. Vera Saavedra era el padre de la ex pareja de la víctima, es el abuelo paterno de sus tres hijos menores y, aprovechándose de la confianza del acusado, lo engaña ocultado su propósito homicida y por más de una hora recorrió el local nocturno, haciendo creer que estaba compartiendo y bebiendo junto a los demás en ese momento”, expuso el Fiscal durante el juicio.

Si bien el Ministerio Público había solicitado la pena de 20 años de presidio, el Tribunal determinó el rango mínimo legal del delito, que parte en 15 años y un día. “Sin embargo, en atención a la extensión del mal causado, en este caso, el dolor causado por el deceso del acusado, consistente en la afectación familiar que hizo presente la madre del encartado, dada principalmente por la pérdida paterna de los tres hijos del fallecido, lo que permite establecer la sanción en diecisiete años”, señala el fallo.

La Sala del Tribunal integrada por los magistrados suplentes Mauricio Aguilar Donoso, quien presidió la audiencia, Alejandro González Rodríguez y la jueza titular Andrea Santander Guerra determinó penas accesorias,  el cumplimiento de la pena de manera efectiva, eximir del pago de costas al condenado de 43 años y que se le descontaran todos los días que llevaba en prisión preventiva.

 

 

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