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5 años de cárcel efectiva por choque fatal bajo la influencia del alcohol

Murieron dos pasajeros de taxi-colectivo.

Fiscalía local de Valparaíso

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A cinco años de pena efectiva de cárcel fue condenado un conductor que, bajo la influencia del alcohol, colisionó a un taxi-colectivo en Valparaíso, ocasionando la muerte de dos de sus pasajeros, de nacionalidad colombiana, el 1 de febrero de 2015.

El caso fue llevado a juicio oral en el Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, por la Fiscal Greta Fuchslocher, quien logró probar que Eduardo Avendaño Márquez conducía bajos los efectos del alcohol a las 4:50 de la madrugada de ese día, cuando transitaba por avenida Brasil y no respetó dos signos “pare” existentes en la intersección con calle Rodriguez, impactando violentamente al vehículo de transporte que pasaba por esa esquina con cuatro pasajeros.

La fuerza del impacto hizo que el taxi-colectivo terminara volcado en la vía, cobrando la vida de los extranjeros Yaneth Navia Velasco y Jeison Osorio Ospina, y dejando con graves lesiones a Erika Montaño Acevedo y a Miguel Valenzuela Koing.

Durante el juicio, el acusado alegó haber estado en normal estado de temperancia alcohólica, a pesar de que reconoció haber bebido momentos antes del accidente, y su defensa alegó que las consecuencias fatales y de lesiones de los ocupantes del transporte no fueron consecuencia de la ingesta de alcohol, sino por no haber respetado señales de tránsito que lo obligaban a detenerse.

El alcotest o prueba respiratoria fue practicado al conductor responsable a las 6:14 horas, arrojando 0,52 g/l en la sangre, lo que para el tribunal resultó suficiente para probar la conducción bajo la influencia del alcohol, no resultando relevante que la alcohomelia haya arrojado 0,0 g/l, ya que esta fue realizada siete horas después del accidente.

“Lo exigido por el legislador es que dichas muertes, lesiones o daños, sean una consecuencia de la conducción bajo la influencia del alcohol, esto es que exista una relación de causalidad entre la conducción en bajo la influencia del alcohol y el resultado de muerte, lesiones o daños, pero también se debe exigir que el resultado de lesiones, muertes o daños sea concreción del riesgo que se quiere evitar con la prohibición de conducción bajo la influencia del alcohol, y en este sentido no basta con vincular causalmente el resultado -muerte, lesiones, daños- con la conducción prohibida, si no que para poder atribuirlos a la conducción bajo la influencia del alcohol debe plantearse bajo la fórmula de la imputación objetiva”, señaló en su sentencia el tribunal oral en lo penal de Valparaíso.

Avendaño Márquez fue condenado por las muertes de los pasajeros, pero también por las lesiones a los otros ocupantes del taxi-colectivo, y por los daños del vehículo, avaluados en más de cinco millones de pesos. La pena que fue requerida por la Fiscalía y que impuso el tribunal es la máxima que permite la ley para casos como este.

 

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