19/03/2018
A 10 años de presidio condenan a hombre acusado por la Fiscalía por violar a hijastra en La Unión
La pena impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia es la misma que solicitó durante el juicio el fiscal Raúl Suárez Pinilla, quien acreditó que el acusado cometió este delito y dejó embarazada a la víctima.
La sentencia fue pronunciada por la segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia
A cumplir una pena de 10 años de presidio fue sentenciado hoy un hombre de 45 años de edad, quien la semana pasada enfrentó un juicio en el que fue acusado por la Fiscalía Local de La Unión como autor del delito de violación.
Durante el juicio, el fiscal jefe de La Unión, Raúl Suárez Pinilla, presentó pruebas periciales, testimoniales y documentales ante la segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, con las que acreditó la responsabilidad del acusado en este hecho ocurrido en una fecha indeterminada entre diciembre de 2015 y enero de 2016, cuando la víctima tenía 11 años.
El fiscal del Ministerio Público explicó que “el acusado era el padrastro de la víctima, quien resultó embarazada y posteriormente tuvo una hija”, precisando que ello se pudo acreditar principalmente “con un peritaje de ADN que demostró que el acusado es el padre biológico de la hija que tuvo la víctima”.
La pena impuesta por el tribunal al condenado es la misma que solicitó la Fiscalía durante el juicio oral, “en consideración a la edad que tenía la menor, que a nuestro parecer concurría la circunstancia agravante del abuso de confianza y sin desconocer objetivamente también que el acusado tenía irreprochable conducta anterior”, señaló el fiscal Suárez.
Asimismo, el fallo contempla que el condenado quedará sujeto a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, informando a Carabineros cada tres meses su domicilio actual, además de la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Debido a su rol constitucional de dar protección a quienes han sido víctimas o testigos de un delito, la Fiscalía no dio a conocer el nombre del acusado, para evitar que con su identificación se pudiera también identificar a la víctima de estos hechos.
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