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Condenan a un hombre por abuso sexual contra la bisnieta de su pareja en Valdivia

La fiscal María Consuelo Oliva explicó que el sujeto cometió este delito de manera reiterada en el año 2013, cuando la víctima tenía 7 años de edad.

La fiscal María Consuelo Oliva dirigió la investigación de esta causa y acreditó en el juicio la responsabilidad del acusado.

La fiscal María Consuelo Oliva dirigió la investigación de esta causa y acreditó en el juicio la responsabilidad del acusado.

La Fiscalía Local de Valdivia acreditó en un juicio oral la responsabilidad de un hombre de 75 años en un delito reiterado de abuso sexual, el que cometió en el año 2013 contra una menor que tenía 7 años de edad al momento de los hechos y que es bisnieta de quien era entonces su pareja.

Durante el juicio oral, la fiscal de Valdivia especializada en investigar delitos sexuales, María Consuelo Oliva Arriagada, presentó pruebas con las que demostró al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia que el acusado “en reiteradas oportunidades, entre enero y septiembre de 2013, efectuó acciones de significación sexual contra la víctima, que consistieron en tocaciones en sus glúteos y genitales”.

La Fiscalía había solicitado que se condenara al acusado a cumplir una pena de 7 años de presidio, sin embargo el tribunal resolvió condenarlo a una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva –sanción que permite cumplir la condena sin estar recluido- por el plazo de 3 años y un día.

Durante ese período, el acusado tendrá que estar sujeto a la vigilancia de un delegado de Gendarmería de Chile, seguir un plan de intervención y no podrá modificar su domicilio. Asimismo, tendrá prohibición de acercarse a la víctima y también para ejercer labores en las que pudiera tener contacto con menores de edad.

La fiscal del Ministerio Público explicó que en este caso el tribunal aplicó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva “porque el acusado no tiene antecedentes penales y, debido a su avanzada edad, estimó como muy calificada su irreprochable conducta anterior”.

Debido a su rol constitucional de dar protección a quienes han sido víctimas o testigos de un delito, la Fiscalía no dio a conocer el nombre del acusado, para evitar que con su identificación se pudiera también identificar a la víctima de estos hechos.

 

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