12/06/2025
Coquimbo: Fiscalía acreditó dos delitos de homicidio frustrado contra sargento de la armada y un civil
En total, acusado deberá cumplir 15 años de presidio por las sentencias de ambos delitos. Hechos ocurrieron el 5 de octubre 2023, en circunstancias que el acusado disparó contra dos personas en el restaurante del Terminal Pesquero.
La Fiscalía de Coquimbo llevó el caso a juicio oral.
La Fiscalía de Coquimbo acreditó ante los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de La Serena, la responsabilidad de un sujeto, de iniciales D.A.V.D., en los delitos de homicidio frustrado, hechos ocurridos el 5 de octubre 2023, en el terminal pesquero.
La Fiscalía acusó que el día 5 de octubre de 2023, aproximadamente a las 15:00 horas, en el sector de restaurantes del terminal pesquero ubicado en Avenida Costanera, Coquimbo, el acusado, con la finalidad de matar a otro, extrajo desde sus vestimentas un arma de fuego indeterminada, disparando al cuerpo de una víctima en al menos tres oportunidades, causándole lesiones. El acusado, además, hirió a un sargento 1° de la Armada de Chile, ya que le propinó a corta distancia dos disparos.
Uno de los disparos, según la acusación y el hecho probado, acertó en el chaleco antibalas. Tras dicha acción y después de dejar heridas a las víctimas, D.A.V.D. se dio a la fuga.
Para el tribunal, la unión lógica y sistemática de los hechos consignados precedentemente permitieron calificarlos jurídicamente como constitutivos de dos delitos de homicidio simple, ambos en grado de ejecución frustrado.
El tribunal condenó al acusado a la pena de 10 años un día por el delito de homicidio frustrado contra el funcionario de las fuerzas armadas y 5 años un día contra la otra víctima, civil.
“El ánimo era lisa y llanamente uno: matar”
El fiscal que llevó el caso a juicio, Mauricio Cartes Chaparro, dijo que la Fiscalía contó con importantes medios de prueba: “Fue relevante para adquirir convicción por parte del Tribunal, la rendición de los testimonios de las víctimas y entre ellas el funcionario de la Armada que fue categórico en cuanto a la dinámica de los hechos. En este sentido, también fue fundamental la prueba gráfica que se rindió.
Es decir, había grabaciones de los hechos; también había fotografías y relevante también fue la declaración de la perito del Servicio Médico Legal que, conforme la dinámica de las lesiones que ella pudo constatar en su peritaje, se pudo establecer que el ánimo del imputado no era lesionar, sino que lisa y llanamente causar la muerte a estas dos personas”.
La sentencia fue pronunciada por los jueces Ana Marcela Alfaro, Felipe Vilches y Loreto Figueroa, del Tribunal Oral en lo Penal de La Serena.
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