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Antofagasta: rechazan recurso de protección

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones rechazó recurso de protección presentado por comerciante propietario de máquinas tragamonedas.

Corte de Apelaciones de Antofagasta

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La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, rechazó un recurso de protección de garantías constitucionales que había interpuesto un comerciante de Calama en contra de un juez de garantía  y de dos fiscales, de esa ciudad, luego que por orden judicial le fueran incautadas desde un centro de juegos, 62 máquinas tragamonedas.

            La acción del particular se dirigió en contra del juez José Luis Ayala y de los fiscales Cristian Aliaga y Eduardo Peña, asegurando que en la acción de retiro de dichas máquinas se habrían vulnerado garantías fundamentales.

            El recurso fue alegado a favor del recurrente por el abogado Héctor Mella Vergara, mientras que en defensa de los intereses de la fiscalía compareció el abogado asesor, Hugo León Saavedra.

            Al presentar la querella, el recurrente da cuenta que el día 27 de febrero del año pasado, la Municipalidad de Calama, interpuso en su contra una querella por el delito de rotura de sellos, respecto del local ubicado en calle Vargas Nª 1990 de Calama, por el cual el recurrente había sido objeto de formalización. En ese marco, la Fiscalía Local, solicitó y obtuvo del Juzgado de Garantía, la autorización para la incautación de los videojuegos de habilidad y destreza que se encontraban al interior de dicho local, en razón de que con su explotación se estaba vulnerando la supuesta ruptura de sellos, cual es el delito imputado.

            En su descargo los fiscales aludidos indican  que el comerciante contaba con patente para explotar el giro de juegos electrónicos y video juegos, patente que luego usó para la explotación de juegos prohibidos, es decir aquellos llamados juegos de azar, lo que motivo que en la oportunidad dicha patente no fue renovada por la Municipalidad calameña, no obstante lo cual el local siguió funcionando.

            En la audiencia respectiva en la Corte de Apelaciones, intervino el abogado asesor Hugo León Saavedra, quién reiteró que todas las acciones llevadas a cabo en esta causa, se han realizado con estricto apego a las disposiciones legales, las máquinas 62 en total fueron selladas y se estableció la respectiva cadena de custodia, misma operación que se hizo con el dinero incautadoen cada máquina.

            Los ministros de la Segunda Sala después de analizar las presentaciones de las partes establecieron que no se vislumbra por ninguna parte de que modo se habrían vulnerado las garantías constitucionales del recurrente ni en que forma los fiscales o el juez han infringido tales garantía, más aún teniendo presente que la actuación impugnada por el recurrente se refiere a la incautación de máquinas de juego tragamonedas, en el marco de una investigación por delitos previstos en el Código Penal.

            Respecto a la vulneración de la garantía del derecho a desarrollar cualquier actividad económica, que no sea contraria a la moral, el orden público o la seguridad nacional, la Segunda Sala, desestimó esta vulneración recordando que de hecho el local aludido no cuenta con patente comercial desde el primer semestre del 2013.

            Por todo lo expuesto la  Segunda Sala de Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado.

 

 

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