04/11/2024
Fiscalía ECOH logra más de 13 años de pena afectiva para autor de homicidio y porte de arma
- El condenado deberá cumplir la pena de manera efectiva partiendo por la más alta.
Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar
El Ministerio Público presentó ante el Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba que le permitieron a la Sala dar por acreditados los siguientes hechos cometidos por Nicolás Alonso Ríos Núñez de 24 años.
“El día 03 de diciembre del año 2023, a las 22:00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Wesley Sebastián Montenegro Marín, caminaba por la intersección de las calles Submarino Simpson con Escampavía Vilch, población Glorias Navales, comuna de Viña del Mar, se encontró con el acusado Nicolás Alonso Ríos Núñez, quien portaba un arma de fuego tipo pistola y le disparó en reiteradas oportunidades, ocasionándole lesiones en tórax, abdomen y pelvis, lesiones que le provocaron la muerte por “shock hemorrágico agudo, hemorragias internas y externas, lesiones viscerales múltiples por ojiva”, señaló el Tribunal.
Si bien el acusado declaró en estrado la Sala integrada por los jueces titulares don Alejandro Palma Cid quien presidió, doña Viviana Poblete Vera y Sra. Mónica López Castillo no acogió la teoría de la defensa, condenado a Ríos Núñez.
“Así, las declaraciones de todos los testigos de cargo, han resultado fundadas, verosímiles y contundentes para efectos de establecer la dinámica de los hechos y participación del acusado, sin que se avizore ningún tipo de sugestión o de animadversión por parte de los deponentes que pudieren alterar la decisión de condena informada en el veredicto, considerando que si bien ambos dijeron conocer al acusado previamente con ocasión de las múltiples rencillas en que Ríos Núñez se involucró con sus vecinos igualmente ambos deponentes dan cuenta de una secuencia del hecho veraz y coincidente con las imágenes del video que el tribunal pudo apreciar de manera directa, asentando su credibilidad acerca de la efectiva ocurrencia del delito en la forma que narraron al presentarse ante el tribunal”, señala la sentencia.
Ríos Núñez fue condenado a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio como autor del delito consumado de homicidio y a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor de porte ilegal de arma de fuego, además de accesorias legales.
“Atendida la extensión de la pena y no reuniéndose respecto del sentenciado los requisitos exigidos en la Ley 18.216, no se le otorga pena sustitutiva alguna para el cumplimiento de la sanción corporal que se le impone, razón por lo cual deberá cumplir de manera efectiva las penas impuestas, sin solución de continuidad, comenzando por la más grave”, señaló el Tribunal.