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Parricidio frustrado: dictan condenas de 15 y 10 años de presidio contra imputados que atacaron con golpes y provocaron quemaduras a su hija.

La investigación de esta causa fue dirigida por la fiscal María José Viveros junto a equipo del Departamento OS9 de Carabineros.

Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte.

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  • Con la investigación y en el juicio la fiscal María José Viveros -de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte- pudo acreditar ante el Tribunal Oral los hechos cometidos desde los primeros días de febrero del año 2021, en un domicilio ubicado en la comuna de Estación Central.

 

  • En ese inmueble vivía la niña víctima de entonces 2 años con sus padres, los acusados de iniciales J.H.M. y A.C.A (*).

 

  • El acusado J.H.M. agredió a su hija golpeándola en diferentes partes del cuerpo, además de quemarla con agua hirviendo directamente desde un hervidor, lesiones que comprometieron todo su cuerpo.

 

  • Por los golpes del imputado, la niña resultó con múltiples fracturas de carácter grave que le dejaron como secuela cicatrices extensas y visibles y que de no mediar socorros médicos oportunos y eficaces, las lesiones hubiesen sido mortales.

 

  • De todos estos episodios de maltrato tuvo conocimiento la madre de la menor -A.C.A.- quien sabía de las lesiones y secuelas que iban afectando a su hija, teniendo la obligación de actuar como garante de su vida y salud.

 

  • Pese a ello, no las impidió o evitó alejando a la víctima de las acciones de su padre y tampoco la trasladó a un centro asistencial para evitar sus consecuencias.

LA SENTENCIA:

  • Por estos hechos ambos acusados fueron declarados culpables como autores del delito de parricidio en grado de frustrado. Además, en la sentencia el tribunal indicó que en cuanto a la “participación de J.H.M., lo fue en calidad de autor directo y la de A.C.A., su participación obedece a la comisión de un delito por omisión”.

 

  • El imputado J.H.M. fue sentenciado a cumplir la pena de 15 años de presidio efectivo y respecto a la acusada A.C.A., el tribunal le impuso cumplir la pena de diez años y un día de presidio efectivo.

 

  • Como parte de la resolución, el tribunal estimó concurrente aplicar a ambos la agravante del artículo 12 número 6 del Código Penal, esto es abusar de la superioridad de su sexo o de sus fuerzas, en términos que la ofendida no podía defenderse con posibilidades de repeler los ataques.

 

(*) Para esta publicación los acusados son identificados sólo con sus iniciales por resguardo de la identidad de la víctima.

 

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