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Estación Central: Corte confirma sentencia por secuestro calificado obtenida por la Fiscalía Centro Norte contra 5 imputados

Tribunal de alzada rechazó los recursos de nulidad de las defensas, por lo que los sentenciados deberán cumplir las penas que suman 79 años de cárcel.

Imputados deberán cumplir condenas que suman 79 años de cárcel.

Imputados deberán cumplir condenas que suman 79 años de cárcel.

La Corte de Apelaciones de Santiago dejó a firme la sentencia condenatoria por el delito de secuestro calificado en contra de 5 imputados, acusados por la Fiscalía Centro Norte de perpetrar dicho delito el 5 de junio de 2020 en la comuna de Estación Central, ilícito por el que fueron condenados a penas que suman 79 años de cárcel.

La resolución la emitió la Cuarta Sala del tribunal de alzada de la capital, tras escuchar los argumentos del abogado de la Fiscalía Roberto Alarcón, quien solicitó rechazar los 5 recursos de nulidad interpuestos por las defensas de los imputados respecto de la sentencia del  4 Tribunal Oral.

Durante el juicio por secuestro calificado en el Tribunal Oral la fiscal Pamela Contreras logró acreditar que el hecho fue cometido el 5 de junio de 2020, cuando la víctima llegó hasta un inmueble ubicado en la comuna de Estación Central.

En el lugar se encontraban los acusados Betzabet Soto Pastene, Priscilla Constanza Romo Olivares y Rodrigo Alejandro Gonzalez Ayala quienes con elementos contundentes comenzaron a agredir a la víctima en diversas partes del cuerpo,  despojándolo de sus vestimentas, amarrándolo de pies y manos, acción que fue grabada por ellos mismos.

Luego llegaron los imputados José Demesio Rodríguez de La Vega y Ángelo Alejandro Sánchez Sánchez, quienes al igual que los demás coimputados, golpearon a la víctima con diversos elementos contundes, pies y puños, insultándolo y amenazándolo con matarlo y violarlo.

Por este hecho los acusados fueron declarados culpables del delito de secuestro calificado debiendo cumplir las siguientes penas cada uno de los acusados: en el caso de Soto Pastene, Romo Olivares y Gonzalez Ayala se les impuso a cada uno la pena de 15 años de presidio. En tanto para Rodríguez de La Vega y Sánchez Sánchez deberán cumplir cada uno la pena de 17 años de cárcel.

 

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