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Corte confirma condena de madre de Bastián Bravo por abuso sexual y pornografía infantil de hija de 6 años

Tribunal rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Mireya Sepúlveda, confirmando así la sentencia condenatoria que obtuvo la Fiscalía Centro Norte.

Fiscal Paola Trisotti dirigió la investigación

Fiscal Paola Trisotti dirigió la investigación

A una pena de 3 años y un día de presidio por abuso sexual de menores y a otros 541 días de cárcel por producción de material pornográfico infantil, fue condenada Mireya Sepúlveda, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara este viernes un recurso presentado por su defensa que buscaba anular la sentencia en su contra.

La mujer fue acusada por la Fiscalía Centro Norte de agredir sexualmente a su hija de 6 años, siendo condenada en el mes de agosto. Su defensa presentó un recurso para anular la sentencia y realizar un nuevo juicio, lo que fue rechazado en forma unánime por los ministros.

Hallazgo de fotografías

La investigación de la fiscal Paola Trisotti, se inició luego que la PDI encontrara casualmente una serie de imágenes sexuales de la niña, las que estaban almacenadas al interior del computador de la familia. Dicho hallazgo se produjo cuando la policía realizaba un conjunto de diligencias destinadas a ubicar al joven  Bastián Bravo, hijo de Mireya Sepúlveda, que se encontraba desaparecido.

Fue entonces que se dio inicio a una investigación por los delitos de producción de pornografía infantil y abuso sexual de menores en contra de Mireya Sepúlveda y de almacenamiento de pornografía infantil en contra de Iván Fuentes, padre de la víctima, que fue absuelto.

Prueba permite llegar a condena

En la resolución que rechaza el recurso de nulidad, los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago afirman que la condena por abuso se configura con “los actos de significación sexual realizados por la acusada en la persona de la menor víctima, consistentes en tocaciones, besos, pasar la lengua por el ano y la vulva de la niña”.

Según los ministros, “la participación de Mireya Sepúlveda se acredita no sólo con el mérito de sus propias aseveraciones, sino que también con el relato que prestó la menor a la psicóloga Saida Link, refrendado por policías y peritos que declararon en el juicio y que tuvieron contacto con la acusada, la que reconoció haber realizado tales conductas”.

Por ello afirmaron que “no resulta posible, por consiguiente, acoger la nulidad interpuesta, pues no se han infringido reglas sobre valoración de la prueba, la que ha sido íntegramente analizada”.

De esta forma, quedó ejecutoriada la condena que obtuvo la Fiscalía Centro Norte en contra de Mireya Sepúlveda, no existiendo otros recursos para modificarla.

La sentencia contra Mireya Sepúlveda

Mireya Sepúlveda deberá cumplir una pena de 3 años y un día de presidio por abuso sexual de menores y a otros 541 días de cárcel por producción de material pornográfico infantil.

Junto a dicha sanción, la acusada fue condenada además a la pérdida de todos los derechos sobre su hija, quedándole prohibido tomar contacto con la menor. Se trata de la privación de la patria potestad sobre la niña, por lo que no podrá ejercer sus derechos como madre sobre ella.

Además, fue condenada a la sujeción a la vigilancia de la autoridad por los 10 años posteriores al cumplimiento de su condena y se le prohíbe de por vida trabajar o realzar actividades vinculadas a menores de edad.

En la resolución condenatoria el tribunal reconoció los 838 días en que Mireya Sepúlveda estuvo privada de libertad antes del juicio, los que se rebajaron a la condena. El saldo lo sustituyó por una libertad vigilada especial de tres años y un día, con un plan de intervención individual.

 

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