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Osorno: Juicio oral por violación de niña culmina con pena de 13 años de privación de libertad

Fiscalía probó que se trató de un delito en carácter de reiterado y que acusado abusó de la circunstancia de encontrarse al cuidado de la víctima. Fiscal Jaime Sáez señaló que la persecución de delitos sexuales es prioritaria en la Región de Los Lagos.

Fiscal de Osorno, Jaime Sáez Leal.

Fiscal de Osorno, Jaime Sáez Leal.

       Acogiendo los argumentos de la Fiscalía de Osorno en cuanto a que el acusado aprovechó la circunstancia de estar al cuidado y educación de la víctima, el Tribunal Oral en lo Penal dictó la pena de 13 años presidio para sujeto que violó a menor. Niña tenía 8 años de edad al momento en que se iniciaron las agresiones sexuales.

       El fiscal osornino Jaime Saéz Leal, destacó que para la determinación de la pena privativa de libertad que se dictó, el tribunal tuvo en consideración lo alegado por el Ministerio Público, acogiendo "la circunstancia de ser un delito en carácter de reiterado y también una circunstancia modificatoria del artículo 368 del Código Penal, que dice relación que al momento de la comisión del delito el imputado abusó de circunstancia la encontrarse al cuidado y educación de la víctima", dijo. Asimismo, el persecutor señaló que los delitos sexuales están insertos en los "lineamientos estratégicos de persecución emitidos por parte de la Fiscalía Regional de los Lagos, que se relacionan principalmente a dar prioridad a la persecución penal de este tipo de ilícitos a fin de obtener sentencia respecto de los autores".

       A través de la prueba testimonial, pericial y documental presentada por la Fiscalía en el juicio, se probó la participación del acusado en el delito, Claudio Jaime Guzmán Guzmán, quien "aprovechando que se encontraba al cuidado de la víctima" agredió a una menor de edad "en distintos días y ocasiones, de manera reiterada", agresiones que se habrían extendido desde mediados del año 2010 y hasta mayo de 2014. El fiscal Sáez acreditó durante el juicio oral que los hechos "ocurrían cuando la madre y otros adultos se ausentaban del domicilio, por trabajo o estudios" y que el acusado utilizó diversas estrategias para que la niña no develara lo que estaba sucediendo.

     La sentencia dictada establece que "la pena impuesta se cumplirá de manera real y efectiva" y añade penas accesorias a la sanción privativa de libertad, entre ellas se fijó que el condenado quedará sujeto a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, consistente en informar su domicilio a Carabineros cada seis meses. Asimismo, se le condenó a la inhabilitación absoluta para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad; y a la prohibición de visitar el domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional de la víctima una vez que recobre la libertad.

 

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