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Fiscal de Caso Haeger: “Creemos firmemente en los hechos por los cuales acusamos”

Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt determinó dictar sentencia condenatoria respecto de José Pérez Mancilla por el delito de robo con homicidio de la contadora puertovarina, absolviendo de este modo a Jaime Anguita Medel por el delito de parricidio y al mismo acusado Pérez Mancilla por el de homicidio calificado. Fiscal Naín Lamas enfatizó que resolución deja por sentado que Viviana Haeger no se suicidó y que en su muerte hubo intervención de terceros.

Fiscal Naín Lamas.

Fiscal Naín Lamas.

"Nosotros creemos firmemente en los hechos por los cuales acusamos", señaló el Fiscal Naín Lamas al término de la audiencia en la que el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt absolvió a los imputados Jaime Anguita y José Pérez de los cargos por los que la Fiscalía presentó acusación en su contra. En su resolución los jueces arribaron a la conclusión que Viviana Haeger Massé falleció en el contexto de un robo con homicidio, delito por el cual dictaron veredicto condenatorio respecto de José Pérez Mancilla.

Lamas reafirmó su convicción en cuanto a que "estamos en presencia de un homicidio calificado, que el imputado Anguita pagó al imputado Pérez para darle muerte a su cónyuge y eso lo seguimos manteniendo". El persecutor recordó que al año 2011 el acusado Anguita pidió el archivo de la investigación, sin embargo, "logramos con mucho esfuerzo y con mucha dificultad después de muchos años de investigación, acreditar que doña Viviana Haeger no se suicidó, que en definitiva su muerte fue producto de intervención de terceros y que el autor material de los hechos es quien el Ministerio Público decía, esto es José Heriberto Pérez Mancilla. El tribunal viene en ratificar lo que dice el Ministerio Público, que era lo que el señor Anguita siempre desconoció hasta esta audiencia".

Respecto de la absolución de Jaime Anguita al no acreditarse que estos hechos se encuadren como un crimen por encargo, el Fiscal Lamas, hizo hincapié en que "nosotros mantenemos nuestra posición, el tribunal comparte que hay un autor material de los hechos, pero también señala que respecto de la prueba aportada no logra convicción más allá de toda duda razonable que el imputado Anguita haya participado de los hechos. Aquí no hay un sobreseimiento definitivo que diga el señor Anguita es inocente, lo que prevalece es la presunción de inocencia por cuanto la prueba de cargo no fue suficiente para acreditar el encargo criminal que refería el señor Pérez". Sobre este punto añadió que es muy complejo probar un sicariato, donde "no hay un certificado, no hay un cheque que dé cuenta del pago, el tribunal esa parte no la logró establecer, pero sí estableció todo lo demás que señalaba el Ministerio Público, esto es que no había una muerte por ingesta de herbicida, que no había una muerte súbita, que no había ningún otro antecedente y que el sujeto que realmente dio muerte a doña Viviana Haeger es José Heriberto Pérez Mancilla".

Luego de la audiencia de veredicto se procedió a la audiencia de determinación de pena, oportunidad en que la Fiscalía solicitó se imponga a José Pérez Mancilla la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, exponiendo que el acusado tiene antecedentes en su extracto de filiación y a la extensión del mal causado.

La audiencia de lectura de sentencia fue fijada para el lunes 16 de octubre, a las 14.00 horas.

 

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