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Fiscal de Los Vilos: “Siempre sostuvimos que fue tráfico de drogas”.

Corte de Apelaciones rechazó recurso de nulidad de la defensa que pretendía revertir un fallo condenatorio a Carlos Salinas Tapia, sentenciado a 5 años un día por tráfico de drogas.

La fiscal de Los Vilos, María Soledad Salas, se refiere al caso.

La fiscal de Los Vilos, María Soledad Salas, se refiere al caso.

La fiscal de Los Vilos, María Soledad Salas, valoró el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, que rechazó el recurso de nulidad de la defensa del ahora condenado, Carlos Salinas Tapia, quien fue detenido, acusado, enjuiciado y sentenciado por tráfico de drogas.

El tribunal de alzada tuvo en vista los argumentos de la Fiscalía en torno a que la sentencia del Tribunal Oral de Ovalle era correcta. “Siempre sostuvimos la misma postura cuando formalizamos la investigación y solicitamos la prisión preventiva hasta el juicio”, dijo la persecutora.

La Corte rechazó la tesis de plantación o plantación para consumo personal del artículo octavo inciso final de la ley de drogas, sino que derechamente estimó que se trataba de un delito de tráfico. “La cantidad de droga que mantenía en su domicilio hacía configurar el delito de tráfico. Se encontraron plantas de cannabis sativa y gran cantidad de marihuana elaborada y es por eso que lo calificamos como un delito de tráfico de drogas”, dijo.

El imputado además no contaba con certificados médicos ni autorizacíón del SAG para efectuar sus actividades.

Hechos del caso

El día 11 de octubre de 2012, a las 12:20 horas aproximadamente, funcionarios de la Brigada de Investigación Criminal de la PDI de Illapel, mientras acompañaban a personal del Servicio Agrícola y Ganadero en sus labores de inspección y fiscalización, sorprendieron al acusado Carlos Salinas Tapia con 356 vasos plásticos semillas de cannabis germinadas y dentro de otros 169 vasos plásticos semillas sin germinar en su domicilio.

En la bodega de un inmueble que se encontraba adaptada como invernadero tecnificado el acusado mantenía plantadas y cultivadas once plantas vivas del género cannabis, todo ello sin contar con la competente autorización.

Además el acusado guardaba y poseía sin la competente autorización y con fines de tráfico, en el baño del dormitorio del mismo inmueble una caja contenedora de marihuana elaborada, droga que arrojó un peso bruto de 630 gramos; una bolsa plástica contenedora de marihuana elaborada, droga que arrojó un peso bruto de 725 gramos; una bolsa de papel café contenedora de marihuana elaborada, droga que arrojó un peso bruto de 955 gramos.

Tenía dos tarros de alimento contenedores de marihuana elaborada que arrojaron un peso bruto de 160 y 155 gramos de marihuana cada uno, y en el entretecho del inmueble una bolsa de plástico color blanco contenedora de marihuana elaborada, droga que arrojó un peso bruto de 665 gramos, siendo el total de la droga que el acusado mantenía en su poder la cantidad de 3 kilos 290 gramos brutos de marihuana elaborada.

Además se incautó al acusado la suma de $70.000 y un teléfono celular marca Samsung que mantenía entre sus vestimentas, la suma de $600.000, 22 contenedores de diversas marcas con semillas de cannabis en su interior y otros nueve contenedores de semillas vacíos, que guardaba en su dormitorio, además de dos balanzas digitales que mantenía en el baño del inmueble, y otra balanza digital que tenía en la cocina, correspondiendo todo ello a dinero y especies producto y destinados al tráfico.

Con la resolución de la Corte de Apelaciones, la sentencia quedó a firme.

 

 
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