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Ovalle: En nuevo juicio condenan a guardia por homicidio

Testimonios acreditaron que fue el celador quien agredió a la víctima en septiembre del 2012 en la Población Fray Jorge

La Fiscalía de Ovalle había recurrido de nulidad y ahora acreditó el homicidio, y al autor.

La Fiscalía de Ovalle había recurrido de nulidad y ahora acreditó el homicidio, y al autor.

En un nuevo juicio oral, la Fiscalía acreditó ante el Tribunal Oral de Ovalle que un imputado, Leonardo Gallardo Puente, guardia de oficio, fue el autor de un homicidio ocurrido el 28 de septiembre del 2012 en la Población Fray Jorge de la capital de la provincia del Limarí.

La Fiscalía de Ovalle había acusado que ese día, a eso de las 4 y media de la madrugada, en calle Edwards frente a un domicilio de la Población Fray Jorge, el acusado agredió a la víctima con golpes y un objeto cortopuzante.

El afectado sufrió 7 heridas cortantes y cortopenetrantes, entre éstas una en el sector toraco cardíaco, que le causó la muerte en el mismo lugar.

El caso había sido llevado a juicio oral en primera instancia, pero el resultado fue la absolución del acusado. Sin embargo, la Fiscalía recurrió de nulidad ante la Corte de Apelaciones, que ordenó la realización de un nuevo juicio.

La fiscalía trabajó el caso con la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones de Chile, PDI y presentó las declaraciones de un testigo presencial del acto y de dos vecinas que observaron los hechos, y que conocían a ese testigo. “Al momento de escuchar bulla, estas vecinas van a las ventanas y ven que hay un sujeto de contextura delgada, alto y de pelo corto que agredía a otro. El testigo presencial intentaba apaciguar los ánimos. Para el tribunal las declaraciones fueron contestes”, dijo el fiscal Rodrigo Gómez del Pino.

Esas características fueron importantes para establecer la autoría del imputado en la muerte de la víctima.

Además, la Fiscalía presentó prueba científica con la cual se desestimó la coartada del acusado, quien afirmaba que era el testigo presencial directo quien cometió el delito. “Se obtuvieron muestras de ADN y se analizaron restos en las uñas de la víctima. El acusado tenía la teoría que la víctima peleaba con quien figura como testigo, en el suelo. Ubicamos (en la investigación) a ese testigo para acreditar o descartar aquello. No hubo parámetros o perfil positivo que estableciera que esa persona era quien peleaba con la víctima”.   

El tribunal comunicará la sentencia en 5 días más y el ahora culpable se presentó al juicio de manera voluntaria, razón por la cual el tribunal no otorgó la cautelar de prisión preventiva solicitada por la Fiscalía. La sentencia deberá quedar ejecutoriada a menos que la defensa recurra de nulidad.

 
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