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Coquimbo: Tribunal acogió prueba de la Fiscalía y condenó a penas efectivas a autor de cuasidelito de homicidio.

Además lo obligó a cancelar la cantidad de 50 millones de pesos.

La Fiscalía de Coquimbo llevó el caso a juicio oral y presentó las pruebas para acreditar la responsabilidad del conductor.

La Fiscalía de Coquimbo llevó el caso a juicio oral y presentó las pruebas para acreditar la responsabilidad del conductor.

Luego del juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena acogió la acusación de la Fiscalía de Coquimbo y sentenció a un acusado a las penas de cumplimiento efectivo de 540 días y cuatro años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de cuasidelito de homicidio e incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de accidente de tránsito. Ilícitos cometidos en agosto de 2020, en la comuna de Coquimbo.

Tras el juicio oral, en fallo unánime, las magistradas María Inés Devoto Torres (presidenta), Carol Sepúlveda Carvajal y Eugenia Gallardo Labraña (redactora)– aplicó, las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y la suspensión del carné de conductor por el plazo de un año, por el cuasidelito de homicidio; y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica (no prestar ayuda); más el pago de una multa de 15 UTM y de las costas del proceso.

Según los hechos acusados por la Fiscalía, el día 28 de agosto del año  2020, a las 21:55 horas aproximadamente, en circunstancias que el acusado N.R.T.T., conducía el vehículo tipo camioneta marca Ford, modelo F150 Lariat, año 2012, por Avenida Eduardo Frei Montalva, en dirección al sur, sector de Tierras Blancas, de Coquimbo, al llegar a calle Talca, y virar hacia su izquierda, por calle Talca hacia el Oriente, sin estar atento a las condiciones de tránsito, ingresó al cruce regulado de las vías sin respetar el derecho preferente de paso al móvil tipo moto marca Goes que conducía la víctima.

De acuerdo con la acusación del fiscal Ricardo Salinas, el acusado “estaba obligado al respeto del derecho preferente de paso y al efectuar una maniobra de viraje hacia la izquierda, sin flecha verde, de los dispositivos luminosos reguladores del tránsito, careciendo, por ende, de toda preferencia para realizar dicha maniobra, obstruyó la normal circulación del móvil conducido por la víctima, que circulaba por la Avenida Eduardo Frei Montalva, en dirección sur – norte, es decir en orientación hacia La Serena”, explicó.

Esto provocó la colisión de la víctima con el vehículo que conducía el acusado en plena intersección. A consecuencia de lo anterior el conductor de la moto impactó en la zona frontal derecha, entre la altura del espejo retrovisor derecho y el parabrisas de la camioneta conducido por el acusado y resultó fallecido en el lugar a raíz de un politraumatismo en distintas partes de su cuerpo, lesiones necesariamente mortales aún con socorro oportuno y eficaz.

El acusado no detuvo su marcha y huyó del lugar, sin dar cuenta a la autoridad. En el juicio oral, el fiscal Salinas ofreció prueba pericial, documental, fotográfica y videográfica que ilustraron los hechos.

En el aspecto civil, el tribunal condenó a pagar por indemnización de perjuicio por daño moral ascendente la suma total de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) al padre e hijo de la víctima.

 

 

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