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Ovalle: Corte Suprema de Justicia rechazó nulidad de la defensa en caso acusado por la Fiscalía de homicidio frustrado y otros delitos

Un capitán de la policía uniformada, a la fecha de los hechos, fue enjuiciado y condenado por estos delitos.

La Fiscalía de Ovalle acusó los hechos, el Tribunal Oral condenó al acusado y la Corte Suprema rechazó la nulidad.

La Fiscalía de Ovalle acusó los hechos, el Tribunal Oral condenó al acusado y la Corte Suprema rechazó la nulidad.

La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de un acusado por la Fiscalía local de Ovalle y condenado por el Tribunal Oral de esa comuna por los delitos de homicidio frustrado, detención ilegal y falsificación de instrumento público.

La defensa buscaba revertir el fallo de este juicio contra el entonces oficial de la policía uniformada, quien había sido sentenciado a las penas de 6 años por homicidio frustrado, 61 días por detención ilegal y a 541 días por falsificación de instrumento público, en hechos ocurridos el 19 de Octubre de 2019.

La resolución fue emitida por los ministros Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S. y el Abogado Integrante Diego Munita. Solo 2 ministros estuvieron por acoger el recurso y dictar separadamente sentencia de reemplazo.

La consecuencia de la decisión del máximo tribunal es que, al rechazar el recurso, el fallo debería quedar firme y ejecutoriado.

Según la acusación de la Fiscalía, el día de los hechos, a las 21:05 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en calle Ariztía Poniente frente al N° 455 de Ovalle, el imputado se encontraba en el ejercicio de sus funciones como capitán de Carabineros y prevaliéndose de su carácter público forcejó, redujo e inmovilizó a la víctima ya que "habría desafiado su autoridad".

Tras aquello, percutó un disparo a corta distancia con su arma de fuego personal, un revólver marca Taurus, modelo Tracker calibre .357 Magnum, en contra de la víctima, hiriéndolo en la zona inguino-pélvica.

Luego, el afectado cayó al piso; fue aprehendido y trasladado por a lo menos 3 funcionarios de carabineros, quienes lo arrastraron al interior de la Comisaría.

A raíz del disparo, la víctima resultó con una fractura de pubis derecho sin salida de proyectil y por los golpes recibidos, quedó con lesiones explicables por elemento contundente en región cervical, tórax posterior, región lumbar, extremidades inferiores y cuero cabelludo.

La Fiscalía también acusó que el mismo día 19 de octubre de 2019 en horas de la noche, el entonces capitán ordenó a un sargento segundo confeccionar un parte policial que da cuenta a la fiscalía de la detención del joven por un delito de maltrato de obra a carabineros, el cual resultaría falso.

El primer juicio resultó nulo

En su oportunidad, el Tribunal de Ovalle acogió los medios de prueba presentados por la Fiscalía, pero difirió de la calificación jurídica y condenó únicamente por apremios ilegítimos con concurso de lesiones, y detención ilegal.

La Fiscalía recurrió de nulidad para realizar un nuevo juicio y la Corte de Apelaciones de La Serena compartió dicha postura.

Fiscal: "Con los mismos medios de prueba llegamos a un resultado distinto"

"Logramos acreditar la culpabilidad de don Hugo Navarro C. como autor de los ilícitos de homicidio simple en grado de frustrado, detención ilegal y falsificación de instrumento público”, dijo el fiscal Carlos Jiménez.

"Sobre la base de la investigación que lideró la fiscal Rocío Valdivia, los medios de prueba que se lograron recopilar y que fueron rendidos en juicio son los mismos que en esta oportunidad, con jueces distintos", agregó.

"Con la prueba de cargo que se rindió logramos acreditar los hechos por los cuales el tribunal deliberó y entregó su decisión de condena por los mismos".

La Fiscalía ofreció al Tribunal la declaración de la víctima de homicidio simple frustrado, un video de redes sociales que se captó en el lugar y parte de algunos videos entregados por Tercera Comisaría de Ovalle.Esto además de prueba documental, la ficha clínica de la víctima y a los peritos del Servicio Médico Legal.

"Acreditamos que el acusado disparó a corta distancia contra la víctima usando arma de fuego personal inscrita solo para su defensa personal y este disparo penetró la zona inguinal. Afortunadamente los socorros a la víctima fueron oportunos y no ocurrió un resultado peor", agregó Jiménez.

Respecto a la detención ilegal y la falsificación de instrumento público, el fiscal dijo que el acusado el día de los hechos entregó una versión en torno a que la víctima cometió maltrato de obra a carabineros, "lo cual no fue así", dijo Jiménez.

"El acusado generó un parte policial dando cuenta de esta supuesta detención y delito. Logramos acreditar que dicha detención fue ilegal. Él toma este procedimiento, ordena a un subalterno que confeccione este parte que contiene solo la declaración del acusado, sin datos de atención de urgencia, los cuales fueron conocidos después", dijo el fiscal.

 

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