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Fiscalía obtiene condena contra imputado por apropiación indebida de 100 millones en Melinka

De acuerdo a diligencias y pericias de la PDI, el imputado transfirió recursos desde dos cuentas corrientes de propiedad de la empresa hacia su cuenta personal.

Hecho afectó a una empresa de Servicios Marítimos. El juicio se desarrolló a través de Zoom.

Hecho afectó a una empresa de Servicios Marítimos. El juicio se desarrolló a través de Zoom.

Tras acusación presentada por la Fiscalía Local de Aysén, fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral, un imputado por apropiación indebida de dinero, delito previsto y sancionado en el artículo 470 N° 1, en relación al artículo 467 N° 1, ambas disposiciones del Código Penal. Al juicio oral, donde el imputado Pablo Javier Araya Chávez fue condenado a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, concurrió el fiscal adjunto, Pedro Poblete Viejo.

De acuerdo a la acusación presentada ante el Tribunal por el Ministerio Público, a través del fiscal Aquiles Cubillos, entre el 29 de mayo de 2012 hasta el 31 de marzo de 2017, el imputado Pablo Araya Chávez se desempeñaba como jefe de operaciones y administración de una empresa de Servicios Marítimos, que se encuentra ubicada en  Melinka, comuna de Guitecas. En dichas circunstancias, el imputado -de acuerdo a lo acreditado ante el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal- se apropió de dineros de propiedad de la empresa, la cual estaba bajo su administración en virtud de las funciones que desempeñaba.

 

FINES PERSONALES

Los dineros, en base a la investigación que efectuó -a solicitud de la Fiscalía- la Brigada de Delitos Económicos y el Laboratorio de Criminalística de la PDI, el imputado los destinó a fines personales, justificando aquella acción con supuestos pagos de remuneraciones e impuestos de la empresa. Para ello, el imputado Pablo Araya Chávez, transfirió recursos desde dos cuentas corrientes de propiedad de la empresa hacia su cuenta personal, por un monto de $100.555.799.

La Fiscalía presentó durante el juicio, el cual se efectuó a través de videoconferencia, el testimonio de 7 testigos, entre ellos los propietarios de la empresa y los policías y peritos de la PDI que participaron en la investigación.

También, la Fiscalía de Aysén presentó 3 informes periciales contables y patrimoniales del Laboratorio de Criminalística, sumado a 16 pruebas documentales y otros medios de pruebas, que permitieron formar la convicción del Tribunal de Juicio Oral.

Además de la condena a tres años y un día de presidio, el imputado fue sentenciado a pagar una multa de 21 UTM, es decir cerca de un millón de pesos. En su caso, el Tribunal aplicó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por lo cual deberá establecerse un plan de intervención a través del delegado de Gendarmería de Chile, durante el tiempo de su condena.

La sentencia fue dictada por los jueces Rosalía Mansilla, Mónica Coloma y Pablo Freire y la defensa estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública, Oriana Macías Correa.

 

 

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