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Fiscalía de Coyhaique logra condena para imputado por abuso sexual en contra de 4 niñas

Según explicó el fiscal adjunto, Luis Contreras, se logró llevar 4 casos a juicio oral, debido a que en ese número de delitos las víctimas -todas niñas entre 10 y 13 años- reconocieron al imputado y al vehículo Korando rojo en que se desplazaba.

Hechos ocurrieron entre mayo y septiembre del año 2016, según explicó el fiscal Luis Contreras.

Hechos ocurrieron entre mayo y septiembre del año 2016, según explicó el fiscal Luis Contreras.

Tras una compleja investigación dirigida por la Fiscalía Local de Coyhaique, fue condenado Luis Alejandro Andrés Cárcamo Espinoza de 26 años, como autor del delito reiterado de abuso sexual en contra de cuatro menores de edad, perpetrado en Coyhaique entre los meses de mayo a septiembre del año 2016.

Según explicó el fiscal adjunto especializado en delitos sexuales, Luis Contreras, se logró llevar 4 casos a juicio oral, debido a que en ese número de delitos las víctimas -todas niñas entre 10 y 13 años- reconocieron al imputado y al vehículo korando rojo en que se desplazaba. La Fiscalía recibió cerca de 12 denuncias con el mismo modus operandi durante el año 2016, sin embargo no todas pudieron presentarse al juicio oral debido a la necesidad de pruebas concluyentes y concordancia en los relatos.

El fiscal añadió que todos los hechos probados ante el Tribunal, ocurrieron en lugares aledaños a establecimientos educacionales del sector alto de Coyhaique, los cuales fueron investigados por detectives de la Brigada de Delitos Sexuales de la PDI, según determinó la Fiscalía Local de Coyhaique. Para cometer los delitos, el imputado se acercaba a las niñas, a bordo de su vehículo con el pretexto de preguntarles algo y luego procedía a exhibir sus genitales y masturbarse delante de las menores. 

CONDENA

El fiscal Contreras añadió que el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal condenó al imputado Luis Alejandro Andrés Cárcamo Espinoza a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena.

También el persecutor penal destacó el trabajo investigativo efectuado por la Brigada de Delitos Sexuales, Brisexme y los informes periciales psicológicos de la experta Magdalena Taboada, profesional del Centro de Atención Integral a Víctimas, sumado al aporte del Laboratorio de Criminalística de la PDI.

En este caso, el Tribunal sustituyó la pena impuesta a Luis Cárcamo Espinoza por tres años y un día de libertad asistida especial, debiendo quedar sometido a la intervención personal de un delegado, quien deberá evacuar un programa. Asimismo, se decretó que la huella genética del sentenciado sea incorporada en el Registro Nacional de ADN.

El condenado también quedará sujeto a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, que consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual.

También se le aplicó la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa con personas menores de edad.

Como abogado querellante y en representación de las niñas afectadas, concurrió el abogado Jaime Dagnino Martínez, del Centro de Atención Integral a Víctimas de Delitos Violentos. También apoyó la realización del juicio, la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional.

Respecto de un delito de microtráfico por el cual también fue acusado, tras el hallazgo en su hogar de 76,6 gramos de marihuana el 8 de septiembre de 2016, por parte de detectives de la Brigada Antinarcóticos de la PDI, el imputado fue absuelto por no haberse acreditado el hecho punible, según estimaron los jueces del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal. El imputado, quien al momento de los delitos se desempeñaba como funcionario administrativo de una entidad pública, aseveró en el juicio que la marihuana era para su consumo personal. 

 

 

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