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Fiscal de Coyhaique valoró sentencia por abuso sexual agravado

Imputado es un profesional del área de la Salud. Víctima es menor de edad y hecho se registró en junio del 2015 en el Hospital Regional.

La investigación fue dirigida por el fiscal Luis Contreras.

La investigación fue dirigida por el fiscal Luis Contreras.

El fiscal adjunto de Coyhaique, Luis Contreras Alfaro, valoró el fallo del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal que condenó a un imputado, el cual posee una carrera profesional ligada al ámbito de la Salud, por el delito de abuso sexual agravado en contra de una menor de edad.

El hecho se registró en junio del 2015 en el Hospital Regional de Coyhaique y el imputado, Felipe  Andrés Parada Soto de 30 años, era en ese momento, kinesiólogo de dicho recinto. Como se recordará, en un primer juicio oral, el imputado había sido absuelto, sin embargo, dicho fallo logró ser anulado tras la argumentación de la Fiscalía ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones. En esta segunda ocasión, el Tribunal de Juicio Oral se pronunció  -en forma unánime-  por un veredicto condenatorio.

MANTUVO VERSIÓN

Para el fiscal Luis Contreras Alfaro, este es un fallo “muy importante puesto que el imputado se desempeña como profesional de la  salud; por lo mismo es conocido que los profesionales de la salud deben tener un protocolo de atención respecto de las personas que requieren sus servicios, más aún cuando se trata de mujeres y más aún de menores de edad”, expresó.

El persecutor penal añadió que “resultó relevante para la acreditación del hecho, que la víctima haya mantenido su versión durante todo el procedimiento. Además de aquello, que esta versión se haya visto refrendada por numerosa prueba indiciaria recopilada por la Fiscalía”.

Luis Contreras agregó que también “se pudo analizar las infracciones a la lex artis de la profesión de kinesiólogo, en el desarrollo de la atención que recibió la víctima, específicamente de la ausencia de un adulto al momento en que se desarrollaba la atención, que le haya hecho sacar parte de la ropa y además que haya realizado supuestos tratamientos en una zona de naturaleza sexual, sin que haya existido una determinación médica que haya ordenado dicho tratamiento”.

TESTIMONIO

Sobre los delitos sexuales en general, manifestó que es algo muy relevante contar con el testimonio de la víctima, “en el cual se sustenta la construcción de la teoría del caso de la Fiscalía y por lo tanto, las víctimas deben denunciar y además de aquello, nosotros como Ministerio Público damos las facilidades para que dicho testimonio pueda ser entregado de la mejor manera a los Tribunales, para que en conocimiento de los hechos que son materia de la investigación, los jueces puedan fallar con el testimonio que llega hacia ellos más toda la recopilación de la prueba anexa como los informes psicológicos o las circunstancias de temporalidad o lugar donde ocurre un delito, para que ese testimonio pueda ser contrastado con el resto de la evidencia que obra en la carpeta investigativa”. 

En ese caso de abuso sexual agravado, las diligencias investigativas fueron solicitadas por la Fiscalía de Coyhaique a la Brigada de Delitos Sexuales de la PDI, Brisexme. 

 

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