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Arica: Fiscalía logra condena contra pareja por tráfico de 29 extranjeros

En el grupo había un menor de 6 meses. Víctimas se desplazaron por sector de campos minados y zona costera

La Unidad de Alta Complejidad de la Fiscalía trabajó junto a la Sección OS-7 de Carabineros.

La Unidad de Alta Complejidad de la Fiscalía trabajó junto a la Sección OS-7 de Carabineros.

Una nueva condena por el delito de tráfico de migrantes obtuvo la Unidad de Alta Complejidad de la Fiscalía. Esta vez, se logró sancionar a una pareja de ciudadanos venezolanos, responsables del ingreso clandestino a Chile de 29 extranjeros, entre ellos un menor de 6 meses, previo pago de dinero.

En el marco de un juicio abreviado, se condenó a Reyna Navarro Santiago, de 19 años, y José Cáceres Gutiérrez, de 23, en calidad de autores del delito de tráfico de migrantes, tras una investigación dirigida por el Fiscal Daniel Valenzuela, quien trabajó junto a personal de la sección OS-7 de Carabineros.

La indagatoria se inició tras recibir información de inteligencia que indicaba que se registraría una importante operación de tráfico de migrantes. Así, personal policial dispuso de vigilancia en las cercanías de Villa Frontera detectando, en la madrugada del 6 de septiembre del año pasado, cuando un grupo de personas se desplazaba caminando en dirección a la ciudad por lo que fueron controlados.

“En el marco de diversas diligencias, se estableció que los acusados, quienes integraban el grupo, habían contactado previamente a los extranjeros en Perú, ofreciendo ingresarlos ilegalmente a Chile, por sumas de entre 100 y 250 dólares. Asimismo, se detectaron mensajes de WhatsApp en que los acusados ofrecían el ingreso al país y los precios a cobrar”, detalló el Fiscal Valenzuela.

Asimismo, se estableció que para ingresar a Chile, el grupo encabezado por los dos acusados se desplazó por un sector de campos minados, zona costera y por el borde del aeropuerto de Chacalluta.

Reyna Navarro y José Cáceres fueron condenados, cada uno, a una pena de 3 años y 1 día de presidio. En el caso de la acusada, se sustituyó la pena por la libertad vigilada intensiva, mientras que para el acusado se sustituyó por la expulsión del territorio nacional y prohibición de retornar por un plazo de 10 años.

 

 

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