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Temuco: Condenan a 7 años de cárcel a violador identificado por ADN

El condenado, Walter Díaz Manquehual, atacó a una estudiante en la calle y la forzó a practicarle sexo oral. Fue identificado a través del Registro Nacional de ADN, por las gotas de su sangre encontradas en la ropa de la víctima.

El ataque sexual ocurrió en plena avenida Francisco Salazar de Temuco.

El ataque sexual ocurrió en plena avenida Francisco Salazar de Temuco.

Siete años de presidio efectivo deberá cumplir Walter Alejandro Díaz Manquehual, de 26 años, quien fue condenado por el Tribunal Oral de Temuco por el delito de violación que afectó a una estudiante universitaria el 3 de noviembre de 2013, en plena vía pública, en el sector cercano a la Universidad de La Frontera.

La fiscal Adelina Barriga pudo acreditar en el juicio que alrededor de la medianoche, cuando la víctima de iniciales P.C.A., de 24 años, caminaba hacia su domicilio por calle Francisco Salazar, fue atacada por el condenado, quien le dio un golpe en su cara que le hizo caer al suelo.

Luego la despojó de sus pantalones con la intención de violarla, la lanzó contra una reja y la forzó a  practicarle sexo oral.

La joven, quien resultó con múltiples lesiones en el rostro y cuerpo,  se defendió tenazmente y mordió al hombre en una mano, haciéndole sangrar.  Finalmente, el violador debió huir, al percatarse que se aproximaban personas.

La fiscal Adelina Barriga explicó que fueron las manchas de sangre levantadas de la chaqueta de la víctima, las que permitieron dar con la identidad del violento sujeto.

“El imputado sangró y quedaron manchas de sangre en la propia ropa de la víctima, se extrajo el ADN que quedaba en la chaqueta, éste fue preciado y posteriormente se envió al Registro Nacional de ADN, donde se cotejó con el registro que existía y se logró establecer así la identidad de imputado”, indicó la persecutora, quien agregó que  Walter Díaz ya tenía condenas anteriores por robo y que en virtud de esas sentencias se había incorporado su huella genética en dicha base.

Los jueces del Tribunal Oral dieron por establecida la existencia de un acceso carnal bucal y condenaron al acusado a la pena de siete años de presidio, como autor del delito de violación.

Además, como medida de protección, el fallo estableció la prohibición del condenado de acercarse a la víctima, su domicilio y lugar de trabajo o estudios, en un radio no inferior de 50 metros, por el plazo de cinco años contados desde que cumpla su condena.

 

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