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Temuco: Corte rechazó recurso de protección presentado por Comunidad de Temucuicui contra Carabineros

Fallo concluye que la versión dada por el recurrente no aparece respaldada por ningún otro antecedente

El fallo pronunciado por la Primera Sala de la Corte de Apelcaciones de Temuco

El fallo pronunciado por la Primera Sala de la Corte de Apelcaciones de Temuco

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto por Víctor Queipul Huiquil, en representación de la Comunidad Autónoma de Temucuicui, en contra de Carabineros de Chile, por la presunta violación de garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 de la Constitución Política del Estado.

El fallo pronunciado por la Primera Sala del tribunal de alzada concluye que “la versión dada por el recurrente en su libelo no aparece respaldada por ningún otro antecedente, salvo por sus propios dichos, y que  “todas las demás probanzas respaldan la versión dada por la Institución recurrida”, es decir Carabineros.

EL RECURSO

Víctor Queipul presentó el recurso de protección cuestionando el actuar de Carabineros del 20 de abril de 2012, cuando en cumplimiento de una orden judicial de entrada, registro e incautación, ingresó a la Comunidad Autónoma de Temucuicui para recuperar 2 caballos robados, en una causa por abigeato que investigaba la Fiscalía Local de Collipulli.

Denunció que los  efectivos policiales irrumpieron en la comunidad, arrebatándole un caballo de su dominio, y que mientras lo hacían dispararon con sus armas, hiriendo a un menor que tuvo que ser trasladado hasta el hospital de Victoria.

EL INFORME DE CARABINEROS

En el informe evacuado por la Prefectura de Carabineros de Malleco a la Corte de Apelaciones, se explica que el 20 de abril el personal ingresó a la Comunidad Temucuicui junto a la victima del abigeato, la cual reconoció como de su propiedad a 2 potrancas "coloradas" que se encontraban en un potrero.

Añade que cuando se procedía al retiro de estos caballares, un tercer equino los siguió, instante en que desde un predio aledaño Víctor Queipul comenzó a increparlos y lanzarles piedras, señalándoles que dicho animal era de su propiedad

Sobre el uso de las armas, explica que cuando se retiraban, un número indeterminado de personas, algunas con sus rostro cubiertos,  procedieron a efectuar disparos con armas de fuego largas y cortas en contra de los carabineros, atendido lo cual fue necesario que estos repelieran el ataque del que eran victimas, utilizando escopetas antidisturbios que disparan balines de goma.

El informe destaca además que en el procedimiento en cuestión  participó el fiscal adjunto Ricardo Traipe Sepúlveda, quien presenció el actuar policial dentro de la Comunidad Temucuicui.

En cuando al adolescente supuestamente herido por disparos de Carabineros, el informe de la Prefectura de Malleco afirma que tal afirmación es falsa, porque utilizaron balines de goma y el menor mencionado en la querella llegó al Consultorio de Ercilla, a las 11:50, con una lesión provocada por un arma de fuego larga, con un proyectil metálico.  Cuando fue entrevistado por personal policial dijo haber recibido un disparo de parte de desconocidos, sin sindicar a nadie en particular.

SE RECHAZA

Luego de analizar los antecedentes proporcionados tanto por el recurrente como por la Prefectura de Carabineros de Malleco, el fallo concluye que  no existen antecedentes que permitan arribar a que los hechos sucedieron como los ha relatado Víctor Queipul, esto es “no encuentra acreditado por la recurrente el respaldo fáctico del recurso. No habiéndose justificado tampoco que ese actuar haya sido ilegal o arbitrario  el procedimiento policial que se ejecutó en base a una investigación del Ministerio Público en la que participó el fiscal de la causa que se seguía por el delito de abigeato”.

Agrega que “en consecuencia, habiendo actuado los  recurridos en uso de las facultades constitucionales y legales  ya señaladas, se estima que no se ha incurrido en ilegalidad alguna” y que “tampoco es arbitraria su conducta”.

No existiendo alguna infracción de normas fundamentales como las alegadas, el tribunal de alzada rechazó, sin costas, el recurso de protección deducido por Víctor Queipul Huiquil, en contra de Carabineros de Chile.

 

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