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Taltal: severas penas por robo en lugar habitado

Un hombre y una mujer se concertaron para entrar a robar a una casa donde sus moradores se encontraban fuera del lugar.

Fiscal de Taltal Ricardo Rivera Vallejo

Fiscal de Taltal Ricardo Rivera Vallejo

            El Fiscal de Taltal Ricardo Rivera Vallejo, obtuvo dos sentencias de condena en contra de Pedro Mauricio Arce Almendares, buzo mariscador de 41 años y Johanna Zárate Parra, , manipuladora de alimentos de 40 años, a los cuales el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpables de un  delito de robo con fuerza en las cosas, perpetrado en Taltal el 11 de febrero de 2014.

            Los sentenciadores aplicaron una pena de doce años de presidio mayor en su grado medio en contra de Arce Almendares, mientras que a Zárate Parra,  le correspondió una pena de cinco años y un día de presidio mayor su grado mínimo.

            Los hechos por los que acusó el fiscal Rivera Vallejo, dan cuenta que el día 11 de febrero de 2014, cerca de las 15 horas los imputados, previamente concertados para cometer el delito de robo concurrieron hasta un domicilio de Avenida Matta, lugar en el cual tocaron el timbre y nadie salió a abrir.  La acusada permaneció afuera de la casa, realizando labores de vigilancia, mientras el acusado ingreso por la fuerza a la residencia, luego de abrir una ventana y la puerta principal con un fierro. Ingresó e hizo un registro de la casa sustrayendo joyas de oro y plata una tablet marca Samsung y otras especies.

            Mientras el imputado se encontraba al interior del domicilio, llegaron los dueños de casa, a bordo de un vehículo que estacionaron frente al inmueble. La mujer que vigilaba comenzó a dar gritos para que su compañero saliera de la casa,  mientras ella se dio a la fuga, abordando un taxi que pasaba por allí. Momentos después salió de la casa por la puerta principal Arce Almendares, encontrándose frente a frente con el dueño de casa, al que amenazó con un fierro en claro además de agredirlo en caso que intentará retenerlo, para luego darse a la fuga con las especies sustraídas que fueron evaluadas por la víctima en 2 millones de pesos las joyas y 180 mil pesos la tablet.

            Durante el juicio la mujer se acogió a su derecho a guardar silencio y no declaró en el juicio, mientras que el acusado renunció a tal derecho y se declaró inocente de los hechos que se le imputaban.

            Expuso que al momento de ocurrido los mismos se encontraba en Copiapó, donde vivía, no obstante que era oriundo de Taltal donde además tenía familia, dijo que tenía un testigo que podía confirmar que estaba en Copiapó. Reconoció también que nunca antes declaró y que no conocía a las personas que lo inculpaban.

            Esta declaración se contradijo con el relato de Carabineros, que tomó el procedimiento, que reunió en el lugar pruebas testimoniales y materiales que sindicaban a la pareja como los participantes en el delito.

            Además de las  penas aflictivas, los acusados fueron condenados también en costas ya que en el juicio no aportaron  ningún antecedente que justificara la solicitud de eximirlos de dicho pago, ni justificaron la existencia de dificultades económicas para cumplir con esta obligación legal.

            Atendida la extensión de las penas tampoco se les concedieron beneficios.

 

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