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Calama: 15 años y un dia por asalto a Caja Vecina

La Fiscal Priscilla Gunaris obtuvo una severa sanción por un robo calificado, registrado en Calama, el año pasado.

Fiscal de Calama, Prisicilla Gunaris Bracamonte

Fiscal de Calama, Prisicilla Gunaris Bracamonte

            La fiscal  de Calama, Priscilla Gunaris Bracamonte, obtuvo una sentencia de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo en contra de José Luis Vigneaux Tapia, de 35 años, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, encontró culpable de un delito de robo calificado, ocurrido en la ciudad de Calama el 17 de julio de 2014.

            La acusación fiscal se fundó en que el 17 de julio de 2014, alrededor de la 20:15 horas, el imputado en compañía de un segundo sujeto que no pudo ser identificado, ingresaron hasta un local de Caja Vecina del BancoEstado, ubicada en calle Ramón Freire. Premunido de una escopeta hechiza, accedió al pasillo que da al sector de las cajas y apuntó con esta arma a la víctima, la cual intenta resistirse produciéndose un forcejeó entre ambos. El imputado agrede a la víctima en la cabeza con la escopeta hechiza, cayendo al suelo, y desde allí se aferra a las piernas del agresor para impedir la huída de este. El otro sujeto accede a la caja y sustrae la cantidad de 22 millones 585 mil 426 pesos.

            A consecuencia de los golpes la víctima la víctima resultó con lesiones, consistentes en herida contusa craneal, contusión craneal, contusión nasal, herida en la mano derecha, erosión dorsal  y erosión en el muslo bilateral.

            El imputado renunció a su derecho a guardar silencio y declaró en el juicio. Dijo que llegó a Calama en busca de trabajo, se puso a tomar con un sujeto del que solo supo su apodo “Oscor” y que este le dijo que debía ir a buscar una plata y necesitaba ayuda, dice que fue el segundo sujeto “Oscor” quién agredió a la víctima con una pistola.

            Por su parte el afectado, de 45 años,  declaró que el día de los hechos, pasadas las 20 horas,  estaba trabajando, cuando fue asaltado, dice que el sujeto presente en el juicio fue el que le pegó fierrazos en la cabeza.

            Dice que al caer al suelo, producto de los golpes, solo atina a sujetar las piernas del agresor y por eso metió su cabeza entremedio de las piernas del sujeto para que no lo siguiera golpeando en la cabeza. Agrega que sintió que gente pasó por sobre el y hubo barullo, gritería. Cuando logró incorporarse vio luces por todas partes.

            Al ser consultado por la defensa dijo que al local entraron dos sujetos uno con overol blanco que reconoce como el imputado y al segundo sujeto dice que no lo vio bien ya que todo pasó muy rápido.

            La esposa de la víctima dijo que ese día estaban trabajando junto a su marido y la cajera. Declara que su esposo estaba ateniendo, y ella con la cajera también estaban trabajando cuando entran los dos sujetos, la cajera quedó paralizada y ella intentó advertir a su esposo del asalto, pero no lo consiguió ya que éste ya estaba siendo agredido por el asaltante.

            La cajera logra salir por otra puerta y ella le grita que llame a Carabineros,. Dice que ella también escapó por esa puerta y llegó hasta la esquina pidiendo ayuda. Explica que había llegado Carabineros en moto, dice que el agresor estaba en el suelo volvió adonde estaba su esposo y lo encontró sangrando con la cabeza partida por lo que lo llevaron al hospital..

            Respecto al arma que tenía el acusado y con la que fue agredido su esposo, dice que era un arma con un fierro o cañón metálico y doblada al final. Dice que el dinero sustraído eran 22,5 millones más 2,5 millones que estaban en movimiento.

            La cajera declaró que el día de los hechos ella estaba haciendo caja con la esposa de su jefe y éste último atendía la caja de la Polla y tenía una fila como de 6 a 8 personas. En eso entraron los asaltantes, ella no recuerda muy bien como, pero logró salir por una puerta a un patio interior, accedió a la casa y de allí llamó a Carabineros.

                        Con el testimonio de los testigos presenciales, más la declaración de los peritos y la prueba pericial documental y fotográfica, el Tribunal dio por acreditados los hechos y la participación del acusado en los mismos.

             Atendida la extensión de la pena no se concedieron beneficios al condenado.

 

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