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Antofagasta: 10 años y un día por vender droga en su casa

Imputado trató de minimizar el delito declarando que el lugar donde fue detenido no era su domicilio.

Fiscal adjunto de Antofagasta, Liborio Fajardo

Fiscal adjunto de Antofagasta, Liborio Fajardo

El fiscal Liborio Fajardo, obtuvo una sentencia de condena con una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y una multa de 40 UTM, en contra de Luis Guillermo Castillo Barraza, albañil  de 53 años de edad, luego que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta lo encontrara culpable del delito de tráfico ilícito de estupefacientes.

            Los hechos que investigó el fiscal Liborio Fajardo Vega, dan cuenta que policías de la sección OS-7 de Carabineros, tomaron conocimiento que un sujeto apodado “El Cacho”, que luego fue identificado como Luis Barraza Castillo, se estaba dedicando a la venta de drogas en la población René Schneider, por lo que se dispuso una vigilancia en torno a su domicilio.

            Para verificar la veracidad de esta denuncia se dispuso la acción de un agente revelador, el que concurrió a dicho domicilio y compró un papelillo de pasta base de cocaína en mil pesos.

            Por lo expuesto y luego de obtener autorización judicial se allanó dicho domicilio. Castillo Barraza,  al ver la presencia policial, huyó por los techos de las casas vecinas arrojando en la huida un banano y logrando ser detenido por Carabineros. Al revisar el banano, este contenía en su interior 34 envoltorios de papel contenedores de pasta base y la suma de 14 mi pesos en billetes de distinta denominación, entre los que se encontraba el billete entregado por el agente revelador.

            Luego la policía registró el inmueble encontrando en distintos lugares de la casa escondidos, paquetes de marihuana y pasta base hasta totalizar un kilo 800 gramos de pasta base de cocaína y 3 kilos 450 gramos de marihuana.

            El Tribunal antofagastino, luego de analizar la prueba aportada por el persecutor dieron por acreditado tanto el delito como la participación que en el mismo correspondió al acusado.

            Atendida la extensión de la pena no se concedieron beneficios sustitutivos.

 

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