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Calama: mantienen condena a padre que violó a hija de 11 años

El hombre accedió carnalmente en dos oportunidades su hija, a la que amenazó con asesinar a su madre si contaba algo

Corte de Apelaciones de Antofagasta

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La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Erasmo Timana Enrique, en contra de la sentencia del Tribunal Oral en Lo Penal de Calama, que lo condenó a una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, luego de encontrarlo culpable de dos delitos de violación en contra de una menor de edad, hija biológica

            El recurrente sostiene su postura argumentando falta de fundamentación por parte de los sentenciadores en la forma como determina que el testimonio entregado por la víctima, de 11 años de edad al iniciarse los hechos, a los testigos de referencia, es creible.

            También sostiene que al desestimar la tesis absolutoria y valoración de la prueba de la defensa, el Tribunal no fundamenta de forma suficiente, porque la ausencia de la víctima en juicio, no produce duda razonable o insuficiencia de prueba.

            En representación de la Fiscalía, alegó el abogado asesor, José Troncoso, solicitando que el recurso sea rechazado.

            Los hechos que fijó el Tribunal sentenciador dan cuenta que cuando la víctima tenía 11 años de edad, y posteriormente, teniendo 12, el imputado, padre de la menor, la penetró via vaginal, hechos que acontecieron al interior del dormitorio familiar, cuando el imputado se quedaba a solas con su hija.

            En esas circunstancias el imputado amenazaba a la niña con matar a su madre si no accedía a sus requerimientos. Además le daba dinero para mantener silencio.

            Finalmente la niña narró a una hermana mayor lo que estaba aconteciendo, por lo que se procedió a hacer la denuncia a Carabineros. Si bien la víctima no quiso declarar para no perjudicar a su padre, las hermanas y la profesora de la niña, que escucharon su traumática experiencia declararon ante el Tribunal lo ocurrido.

            La Primera Sala advierte que las razones que llevaron a los sentenciadores a dar por acreditados los hechos fueron latamente expuestos en la sentencia, refrendados tanto por familiares y testigos que escucharon la develación de la niña, como por médicos y peritos que la examinaron, a todos los cuales dijo que quien la penetró vaginalmente en dos oportunidades fue su padre.

            La Sala desestima todos y cada uno de los argumentos de la defensa, confirmando los fundamentos esgrimidos en la sentencia recurrida y rechaza el recurso presentado, por lo cual dicha sentencia no es nula.

 

 

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