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Sorprendido adentro de una casa, dijo que era invitado

Esta excusa no sirvió ya que la dueña de casa que lo sorprendió en living dijo que no habían más personas en esa casa, que hubieran podido invitar al ladrón a pasar.

Fiscal de Calama Marcelo Bravo

Fiscal de Calama Marcelo Bravo

  El Fiscal de Calama, Marcelo Bravo Valenzuela obtuvo una sentencia de condena en contra de  Edgardo Frediz Bravo Varela, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, encontró culpable de un delito tentado de robo con fuerza en lugar habitado, ilícito por el que se le aplicó una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.

            Los hechos ocurrieron el 18 de octubre del año pasado alrededor de la 3 de la mañana en un domicilio de pasaje Pablo Neruda. Ahí concurrió el imputado a dicho inmueble, ingresó por vía no destinada al efecto, concretamente dos ventanas que dan hacia el pasaje, procediendo a romper el mosquitero de plástico y luego de una patada abrir la ventana en dos y en su interior procedio a registrar las dependencias del domicilio, en un momento dado la víctima, quién vive en ese domicilio junto a su esposo e hija, aunque estos últimos dos no se encontraban en casa, sintió ruidos en el domicilio, y fue hasta el living a ver que ocurría encontrándose cara a cara con un intruso. A la consulta de que hacía en dicho lugar el imputado comenzó a requerirla exigiéndo de manera enérgica que le entregara la plata. La dueña de casa intentó salir del living abriendo la puerta de ingreso y forcejeando con el imputado. En ese momento se hizo presente Carabineros que había sido alertado por un guardia de seguridad de ese pasaje sobre lo que estaba aconteciendo.

            La defensa solicitó la absolución indicando que el imputado tenía una teoría alternativa. Bravo Varela renunció a su derecho a guardar silencio, dijo que ingresó a ese domicilio, pero invitado por alguien de esa casa, que en ese momento apareció una dama que se asustó de verlo allí y creyó que era un ladrón y justo en ese momento aparece Carabineros.

            Sin embargo esta teoría no pudo ser respaldada con prueba alguna, máxime que la afectada dijo que al momento no había nadie más en casa, por lo que era imposible que alguien lo hubiera dejado entrar.

            Por ello, los sentenciadores estimaron que con la prueba aportada por el organismo acusador se da por acreditado tanto el ilícito como la participación que en el mismo cupo al acusado.

            Atendido que no dispone de los requisitos que dispone la ley no se le concedieron beneficios para el cumplimiento alternativo de la pena, la que deberá cumplir de manera efectiva.

 

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