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Condenan a peruano por violar a su hija biológica

La Fiscalía logró probar su participación no obstante que el imputado presionó a la niña y su madre para abandonar el país.

Fiscal de Calama, Raúl Marabolí

Fiscal de Calama, Raúl Marabolí

     El Fiscal de Calama Raúl Maraboli, obtuvo una sentencia de condena en contra de Erasmo Timana Enrique., de 68 años de edad a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, encontró culpable de dos delitos de violación en perjuicio de una hija biológica, de 11 años de edad, al momento de perpetrarse los ilícitos. Por esta conducta se aplicó al condenado una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.

La causa fue investigada por el fiscal Claudio Sobarzo Tassara y llevada a juicio por el fiscal  Raúl Marabolí.

            Como querellante intervino el Centro Regional de Atención Integral a Víctimas de Delitos Violentos de la Corporación de Asistencia Judicial.

            La acusación da cuenta, que el padre comenzó a acceder carnalmente a su hija al interior del domicilio que ambos compartían, y cuando quedaban solos, es decir cuando la madre y sus hermanos se ausentaban. En esas oportunidades el imputado amenazaba a la víctima con matar a su madre si no accedía a sus requerimientos.

            Finalmente en julio del año pasado la niña reveló a su madre y sus hermanas lo que estaba aconteciendo.

            En su alegato de apertura el fiscal relato el trabajo realizado, orientado a evitar la revictimización y retractación de la víctima, toda vez que hubo antecedentes que indicaban que el imputado presionó para que la madre sacara a la niña del país. La Fiscalía intentó evitar esta situación, sin embargo la madre y las hijas hicieron abandono de país. No obstante sabiendo que no se contaría con la víctima se siguió trabajando en un intento por llevar el caso a juicio oral y poder acreditar la participación del acusado en los hechos.

            Es así como se realizó una prueba anticipada, a una testigo de la develación.

            La querellante, representada por la abogada Andrea Rozas, destacó el nivel de vulnerabilidad en la que se encontraba la menor, siendo violada en forma reiterada por su padre biológico, sumado a las amenazas que recibía y a que el imputado era el único sostenedor de la familia, todo esto presionaba a la menor y aumentaba su nivel de vulnerabilidad.

            Durante el juicio declararon los carabineros que acogieron la denuncia de la niña así como los médicos que la atendieron, y la profesora a quién la niña también develó el abuso.

            Declaró también una tía de la víctima, hermana de su madre quién declaró haber sido testigo de la develación y además dijo haber escuchado de boca de la propia niña que su padre la había violado. Dice que también tomó conocimiento que el acusado estando detenido llamaba por teléfono a su esposa para presionarla para que abandonaran el país.

            Asimismo se presentó prueba pericial y documental, mientras que la defensa aportó como prueba solo una meta pericia a la pericia de credibilidad que presentó la Fiscalía.

            El fiscal en su alegato de clausura dijo que a su juicio había logrado acreditar la calificación jurídica y desvirtuar la presunción de inocencia que amparaba al acusado. Aseguró que el hecho que la víctima y su madre no hayan comparecido al juicio no se debe a una irresponsabilidad de la Fiscalía, sino a las presiones que el acusado ejerció sobre su familia, lo cual fue acreditado durante el juicio.

            Los sentenciadores luego de valorar la prueba dieron por acreditado tanto el delito como la responsabilidad que en los mismos cupo al acusado.

            Además de la pena principal y las accesorias se dispuso que el sentenciado quedará privado de la patria potesta si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y además de todos los derechos que por Ministerio de la Ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida de sus ascedientes y descendientes.

            También se ordenó proceder a incluir la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados.

 

 

 

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