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Calama, anulan juicio en el que imputado había sido absuelto

El juicio deberá repetirse en el tribunal no inhabilitado que corresponda.

Abogado asesor, Ximena Torres Baeza

Abogado asesor, Ximena Torres Baeza

La Sala de Verano de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, dispuso la anulación de un juicio realizado ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, que había dictado sentencia absolutoria en favor de  Juan Carlos Vásquez Muñoz, a quien la fiscal Priscilla Gunaris había acusado como autor de un delito de receptación.

            En contra de ese juicio cuya sentencia fue dictada el 8 de enero del presente años, recurrió la Fiscalía, representada en esta oportunidad por la abogado asesor, Ximena Torres Baeza, quién reiteró los planteamientos de que en la sentencia recurrida se habría cometido una infracción a la valoración de los medios de de pueba.

            Los hechos establecidos durante el juicio dan cuenta que el día 22 de mayo de 2013, alrededor de las 03:00 horas desconocidos ingresaron al domicilio de la ofendida, sustrayendo desde el interior diversas especies, entre ellas las llaves de un vehículo patente única BX CF-81, dándose a la fuga del lugar en dicho vehículo en dirección desconocida.

            Posteriormente, personal de Carabineros realizó un patrullaje por calle Vargas de esta ciudad, ubicando al vehículo patente única BX CF-81, y al consultar su placa patente, verificaron por la Central de Comunicaciones que éste mantenía encargo por robo, el cual era abordado por tres sujetos, entre ellos el imputado Juan Carlos Vásquez Muñoz.

            Al ver la presencia policial, el vehículo se dio a la fuga siendo seguido por personal de Carabineros por calle Vargas, logrando darle alcance en la intersección de calle Aldunate con calle Sotomayor, producto que el conductor de dicho vehículo perdió el control, impactando primero contra un montículo y luego contra un inmueble.  En esos instantes se bajaron los ocupantes del vehículo, siendo detenidos el copiloto del móvil y el acusado.

            Los jueces de la Sala de Verano, después de escuchar los alegatos de las partes así como la sentencia recurrida concluyen, que de la forma como los hechos fueron acreditados en el juicio oral, através de la propia reseña redactada por los jueces, sumado a la propia declaración del imputado, fluye que  el acusado no podía menos que saber el mal orígen del vehículo.

            Dice la Sala que la discusión de quien conducía el vehículo, cual era el lugar de losocupantes o quién fue detenido por tal o cual carabinero, son antecedentes que carecen de importancia frente a un hecho típico y no discutido la detención de personas que se trasladaban en un vehículo robado, solo un par de horas antes.

            Por estos razonamiento acogió el recurso de nulidad, declarándose nula la sentencia recurrida  y el juicio oral que lo precedió, reponiéndose el proceso al estado de realizarse un nuevo juicio por el tribunal no inhabiltado que corresponda.

 

 

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