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Antofagasta: Fiscalía obtiene condenas contra 8 autores de delitos de robos, receptación, lesiones, daños y desórdenes públicos en estallido social

Para el Fiscal Jefe, Cristian Aguilar Aranela “es una sentencia de relevancia en el cual se condena por hechos producidos durante el estallido social”. Asimismo, el Fiscal Aguilar destacó el trabajo en conjunto realizado con los detectives de la Brigada de Homicidios de la PDI que permitieron esclarecer conjuntamente los hechos investigados.

Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar, llevó adelante la investigación del caso.

Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar, llevó adelante la investigación del caso.

Tras una acusación presentada por la Fiscalía Local de Antofagasta, el Juzgado de Garantía, en procedimiento abreviado, pronunció la sentencia definitiva en que condenó a Juan Guillermo Lobos Marabolí, Lenin Patricio Álvarez Ibáñez, José Marcelo Núñez Alfaro, Mauricio Alejandro Castillo Castillo, Matías Andrés Aquevedo Eismann, Sebastián Andrés Cáceres Siede, Gerald Anthony Iter Robles y Freedom Alexander Astorga Villarroel a diversas las penas por su calidad de autores de delitos cometidos, en el contexto de estallido social, durante diciembre del 2019. Investigación fue realizada en conjunto por la Fiscalía Local de Antofagasta y la Brigada de Homicidios de la PDI de la ciudad.

La Fiscalía Local de Antofagasta logró la condena de Juan Lobos Marabolí a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por su autoría del delito de robo con violencia, en grado consumado que deberá cumplir de forma efectiva. Mientras, los acusados Lennin Ávarez Ibánez y Sebastián Cáceres Siede, fueron condenados a las penas de 540 días de presidio menor en su grado mínimo por su autoría en el delito de lesiones menos graves.  Cabe precisar, que a ambos condenados se les otorgó el beneficio de la remisión condicional de la pena.

En tanto, el acusado Matías Aquevedo Eissmann fue condenado a 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y a las penas accesorias, por su autoría en el delito consumado de robo con violencia; un año de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales por el delito de lesiones menos graves; y dos penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por desórdenes públicos y daños calificados, más el pago de una multa de 5 UTM por el delito de daños. Se le otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva.

A su vez, el acusado Freedom Astorga Villarroel, fue condenado a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y penas accesorias legales como autor del delito robo con violencia, en grado consumado. Su pena fue sustituida por la libertad vigilada intensiva.

En tanto, el acusado Mauricio Castillo Castillo fue condenado a la pena 900 días de reclusión parcial nocturna domiciliaria con control de monitoreo telemático y accesorias legales, en calidad de cómplice del delito consumado de robo con violencia.

Finalmente, los acusados José Núñez Alfaro y Gerald Iter Robles fueron condenados a 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a las accesorias de suspensión del cargo u oficio público durante el tiempo que transcurra las condenas y al pago de una multa de 5 UTM cada uno por su participación como autores del delito de receptación. Penas sustituidas por la remisión condicional y la reclusión parcial nocturna domiciliaria, respectivamente.

Al respecto, el Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela, expresó que “en esta investigación, llevada adelante por la Fiscalía de Antofagasta y la Brigada de Homicidios de la PDI fue compleja por la forma de comisión del delito cometido por una turba de manifestantes entre los cuales se encontraban los acusados, salvo dos que fueron sancionados por mantener en su poder especies sustraídas. Para ello, se llevaron a cabo diversas diligencias para lograr finalmente su esclarecimiento e identificación de los autores como análisis de documentos, filmaciones, informes policiales, toma de testimonios, análisis de fotografías, entre otros”.

 

EL CASO

Según los hechos dados a conocer en la sentencia, el primer hecho, ocurrió el 30 de diciembre de 2019, durante la noche, cuando la víctima A.I.G.G. conducía un vehículo e iba acompañado de sus parientes, dos de ellos menores de edad, por calle Esmeralda con Uribe y se encontró con un grupo de 50 a 100 sujetos no identificados que se encontraban alterando de forma grave el orden público, en el contexto de estallido social, y que se enfrentaban con personal de Carabineros, los cuales al ver la presencia de dicho móvil, lo atacaron con diferentes objetos como palos y piedras que le arrojaban al vehículo, lo que provocó que A.I.G.G., quien era un funcionario de Carabineros, intentó salir del lugar para resguardar su integridad y la de su familia, lo que no logró por diversas barricadas que obstruían el paso, debido a las barricadas que obstruyeron el tránsito, incluyendo dos vehículos en llamas, uno en calle Uribe y otro en Esmeralda, por lo que quedó atrapado en medio de la protesta.

Tras observar esta situación, el acusado Lennin Ávarez atacó al automóvil objetos contundentes, lo que permitió a otros manifestantes que lo rodearan y atacaran con palos y diversos objetos al vehículo. Mientras, el acusado, Aqueveque Eissmann disparó al interior del automóvil con una pistola de fogueo. Luego, junto a Cáceres Siede, aprovechó que la víctima A.I.G.G., quien se encontraba semiinconsciente, para sustraerle la placa de servicio, tarjeta de identificación y celulares.

A su vez, el acusado Astorga Villarroel le sustrajo a la víctima una pistola marca Bersa, calibre 40, en la que también participaron los acusados Álvarez Ibáñez y Lobos Marabolí, quienes al agredir a A.I.G.G., respectivamente, permitió que el acusado Lobos Marabolí le robara un celular. En tanto, el acusado Castillo Castillo, quien también participó en el ataque, le robó al hermano de la víctima, su billetera y teléfono celular, especies que en parte fueron recuperadas, algunas de ellas en poder de los imputados Gerald Iter y José Nuñez.

Cabe precisar, que tras el ataque la víctima A.I.G.G. resultó con lesiones menos graves por politraumatismo, TEC, herida compleja de pabellón auricular izquierdo y herida en dedo anular izquierdo. En tanto, R.F.G.G. resultó con lesiones leves en un brazo; M.J.G.G. con lesiones leves en miembro superior y A.G.B.G. con una heridas en la mejilla izquierda y nasal.

El segundo hecho, fue llevado a cabo el 10 de diciembre de 2019, alrededor de las 19:30 hrs, en la Avda. Brasil, en el cual un grupo de manifestantes, entre ellos, el acusado Aquevedo Eissmann atacó un vehículo policial con una señalética. Luego, el 18 de diciembre, alrededor de las 20:30 horas, en calle Angamos, Aquevedo Eismann se subió al monumento del capitán Ignacio Carrera Pinto y le causó daños con un martillo.

 

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