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Calama: 14 años de presidio para padrastro que agredió sexualmente a niña de 6 años

El hombre de nacionalidad boliviana y 60 años de edad comenzó a abusar de su hijastra cuando esta tenía 6 años de edad.

Fiscalía Local de Calama

Fiscalía Local de Calama

El Fiscal Claudio Sobarzo Tassara, obtuvo, dos sentencias de condena en contra de Valerio López López, boliviano de 50 años de edad, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, encontró culpable de los delitos de violación impropia reiterada y abuso sexual, ambos perpetrados en contra de una menor de 6 años de edad al comienzo de la agresión. Por el primer delito recibió una pena de doce años de presidio mayor en su grado medio,  y por el segundo dos años de presidio menor en su grado medio.

Los hechos por los que acusó el fiscal Sobarzo, dan cuenta que a partir del año 2011, cuando la víctima tenía 6 años de edad, el imputado, quien era conviviente de la madre de la menor, comenzó en forma reiterada a realizar actos de significación sexual y relevancia en contra de esta consistentes en tocaciones en su vagina, hechos que realizaba cuando se quedaba a solas con la menor en la casa en que habitaban en Calama.

Posteriormente, cuando la víctima tenía 8 años de edad, el imputado comenzó accederla carnalmente mientras estaban dentro de una casa en la ciudad de Calama, diciéndole a la menor que no le contara a nadie del hecho.

Luego de eso, cuando la víctima tenía 10 años de edad, en circunstancias que esta se encontraba junto al imputado dentro de su vehículo, este nuevamente la violó, empujándola, sacándole la ropa y conminándola a que no le contara a nadie  lo sucedido. Luego de este hecho, el imputado comenzó en forma reiterada a violar a la menor, cada vez que estaba de descanso de su trabajo y la menor se encontraba sola en el domicilio que habitaban en la ciudad de Calama, hechos que se detuvieron en el mes de Junio del año 2017 cuando falleció la madre de la víctima.

A juicio de la fiscalía, los hechos anteriormente descritos son constitutivos de los delitos de abuso sexual impropio y violación impropia, ambos reiterados, y en grado de consumado, los cuales fueron probados fehacientemente durante el juicio oral.

         Efectivamente, el Tribunal, luego de valorar la prueba dio por acreditado, tanto los delitos por los que acusó el Fiscal Sobarzo como la participación que en los mismos correspondió al acusado.

         Atendida la extensión de las penas, no se le concedieron beneficios sustitutivos.

 

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