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Antofagasta: condenado a 6 años de presidio por apuñalar a vecino de ruco

El se defendió diciendo que lo hizo para defender a su vez a una mujer que estaba siendo agredida.

Fiscal Rodrigo Cuso.

Fiscal Rodrigo Cuso.

        El fiscal Rodrigo Cuso Segura obtuvo una sentencia de condena en contra de  Jorge Luis Barraza Castilllo de 33 años de edad, a quien el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal, encontró culpable de un delito de homicidio simple, en perjuicio de Pedro Felipe Guerrero Plaza,  Ilícito por el que se le aplicó una pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo.

Los hechos contenidos en la acusación dan cuenta que el día 12 de abril del año 2017, cerca de la medianoche. La víctima Pedro Felipe Guerrero Plaza, se encontraba en el sector de la Avenida Antonio Rendic con calle Azapa de esta comuna, lugar donde también se encontraba el imputado Jorge Luis Barraza Castillo. En dichas circunstancias fue que el imputado premunido de un arma cortopunzante se aproximó hasta donde se encontraba la víctima y procedió a propinarle varios cortes y estocadas con el arma descrita en diferentes partes de su cuerpo, entre ellas el imputado Barraza Castillo le dio una estocada a la víctima Guerreo Plaza en la zona del tórax, para luego irse del lugar y dejar a la víctima abandona en el mismo.

Como consecuencia de las lesiones sufridas por la víctima, esta falleció momento después a raíz de una taponamiento cardiaco por herida penetrante cardiaca..

A juicio de la Fiscalía el hecho descrito configura el delito de homicidio, crimen previsto y sancionado en el artículo 391 N°2, del Código Penal, en carácter de consumado y realizado en calidad de autor ejecutor por el acusado.

El acusado renunció a su derecho a guardar silencio y se reconoció en el lugar de los hechos, dijo haber agredido a la víctima para evitar que este siguiera golpeando a una mujer de nombre Myriam. Narro que el día de los hechos había consumido pasta base, y regreso a lo que llama su domicilio ruco detrás del Homecenter Constructor, donde vive una comunidad de personas sin domicilio, cuya característica común es que todos son consumidores de droga y por eso rompieron con sus familias.

El Tribunal después de valorar la prueba aportada por el acusador, consistente en el testimonio de testigos, pericial documental fotográfica dio por acreditados los hechos por los que acusó el fiscal, reconociendo en favor del acusado la atenuante de legítima defensa incompleta, además de la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos.

Por no reunir los requisitos que dispone la ley, no se le concedieron beneficios sustitutivos, por lo que deberá cumplir la pena de manera efectiva.

 

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