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Antofagasta: condena por homicidio perpetrado en Campamento Unión del Norte

En total, por los dos delitos deberá permanecer en prisión por trece años y dos días.

Fiscal adjunto de Antofagasta, Rodrigo Cusó

Fiscal adjunto de Antofagasta, Rodrigo Cusó

            El fiscal Rodrigo Cusó Segura, obtuvo dos sentencias de condena en contra del ciudadano colombiano Robert Eliazar Aguirre Mina de 36 años, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de dos delitos: homicidio simple en perjuicio de Brando Brayan Mosquera Mina y porte ilegal de armas. Por el primero recibió una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y por el segundo 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo.

            Los hechos por los que acusó el fiscal Cusó, son los siguientes: el día 19 de marzo del año 2017, en horas de la mañana, la víctima Brando Brayan Mosquera Mina, se encontraba en el exterior de la casa 151 del Campamento Unión del Norte, de esta comuna, compartiendo con otros vecinos del sector, lugar hasta donde llegó el imputado Rober Eliazar Aguilera Mina, portando un arma de fuego, tipo pistola acompañado de otros sujetos todos de nacionalidad colombiana. En dichas circunstancias, el imputado procedió en primer lugar a apuntar a la cabeza a un sujeto que acompañaba a la víctima, para posteriormente proceder a disparar directamente en contra de la víctima Brando Brayan Mosquera Mina en la zona del tórax.

Como consecuencia del disparo que el imputado propinó a la víctima, ésta resultó con lesiones consistentes en herida a bala cérvico torácica complicada, hemitórax derecho falleciendo momento después a raíz de una anemia aguda. Finalmente el imputado no contaba con autorización ni para la tenencia o porte del arma de fuego con la que ocasionó el resultado mortal antes descrito.

Durante el juicio el imputado renunció a su derecho a guardar silencio y se situó en el lugar de los hechos, pero dijo que él no era el autor de los disparos mortales que causaron la muerte a la víctima. Aseguró que  en su declaración inicial, se atribuyó dicha participación porque fue presionado.

No obstante, el Tribunal luego de escuchar la declaración de varios testigos asistentes a la fiesta en cuestión, así como los informes y pericias policiales dio por acreditados tanto los dos delitos por los que acusó el fiscal  Rodrigo Cusó como la participación que en los mismos correspondió al acusado.

Atendida la extensión de las penas, no se concedieron beneficios sustitutivos de las penas al acusado Aguirre Mina.

 

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