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Antofagasta: condenan a conductor que guiaba ebrio y provoco accidente en Avda. Croacia

Ademas de la pena principal el acusado fue codenado a la inhabilidad perpetua para conducir vehículos.

Fiscal Rodrigo Cusó

Fiscal Rodrigo Cusó

El fiscal Rodrígo Cusó  Segura, obtuvo una sentencia de condena en contra de  Emerson Sebastian Valenzuela Encina, de 27 años, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando lesiones gravísimas a Moisés Rodríguez Meli, ocurrido en Antofagasta el 30 de abril de 2016, ilícito por el que le aplicó una pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo y una multa de 12 UTM y la inhabilidad perpetua para conducir vehículo de tracción mecánica.

Los hechos por los que acusó el fiscal Cusó, ocurrieron el 30 de abril de 2016, alrededor de las 04:40 horas aproximadas, cuando el imputado Valenzuela Encina, conducía a una velocidad considerada como no razonable, ni prudente , sumado a que lo hace con sus capacidades perceptivas y reactivas disminuidas producto de la ingesta de alcohol, el automóvil placa patente única GWPK.27 por la Av. República de Croacia de esta ciudad, cuando al llegar a la altura del N° 50, pierde el control y maniobrabilidad del móvil atropellando al peatón don Moisés Rodríguez Meli que se encontraba en el lugar y que resultó con Politraumatismo, fractura expuesta y desforramiento de extremidad inferior derecha y traumatismo cervical de carácter grave, según informe n° 21/ 2017 del Servicio Médico Legal. Practicado el examen de alcoholemia al imputado, éste arrojó el resultado de 1.39 gramos por mil de alcohol en la sangre.

Durante el juicio el acusado  se acogió a su derecho a guardar silencio. Por lo que el modo como ocurrieron los hechos fue posible conocerlo a través de los investigadores y peritos que concurrieron al sitio del suceso, que indicaron que luego de impactar el vehículo contra un poste, éste cayó sobre una animita que había en el lugar. La que a su vez impactó a la víctima que se encontraba en el bandejón central, o mediana,  cumpliendo su trabajo de cuidador de autos.

La defensa había solicitado calificar los hechos como constitutivos de un delito de manejo en estado de ebriedad simple, esto es, sin causar lesiones, por cuanto , el vehículo que conducía el imputado no impactó directamente al peatón el que resultó lesionado por el impacto de la animita, tesis que fue desestimada por el Tribunal en atención a que la prueba expuesta y valorada dejó en evidencia que las heridas sufridas por el peatón afectado Moisés Rodríguez Meli, son consecuencia directa e inmediata de la maniobra anti reglamentaria del acusado quien perdió el control del automóvil que conducía al no circular a una velocidad razonable ni prudente y, debido a su estado etílico, que lo mantenía con sus capacidades sicomotoras disminuidas.

 

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