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Antofagasta: condenan por homicidio calificado a limpiador de autos que mató a vecino

El hecho ocurrió frente al mall, cuando el limpiador de autos se molestó porque un vecino no aceptó que le limpiara los vidrios.

Fiscal Rodrigo Cuso y querellante Rodrigo Meriño

Fiscal Rodrigo Cuso y querellante Rodrigo Meriño

                El Fiscal Rodrigo Cuso Segura, presentó hoy  en juicio oral, la prueba en en contra de M.A.C.F., de 34 años, limpiador de autos y sobre el que pesa la acusación de haber dado muerte a un vecino de 65 años de edad, Pedro Rosalindo Jeria Santana de 65 años, al que dio un fuerte golpe con un madero, luego que este no aceptara que le limpiara los vidrios de su camioneta. El hecho se produjo pasadas las 11 de la mañana del 9 de agosto de 2017 en la intersección de las calles Uribe y Balmaceda.

                En el juicio adhirió a la acusación como querellante la Intendencia Regional, representada por el abogado,  Rodrigo Meriño.

                El acusado renunció a su derecho a guardar silencio y declaró en el juicio, indicando que el día de los hechos se encontraba trabajando como limpiador de autos frente al mall. Explicó que comenzó a las 9 de la mañana a beber y que tomó 3 botellas de vino blanco y tres pastillas de clonazepán, pero que no se acuerda de nada, solo del hecho que bebió vino.

                Dice que el conocimiento le volvió cuando estaba en la Tercera Comisaría de Carabineros, y que allí la policía le informó que estaba preso por un delito de homicidio, del cual, insistió, el o guarda ningún recuerdo.

                Durante el juicio declararon tres testigos protegidos, que lo hicieron tras un biombo y que relataron lo que observaron.  Una mujer dijo que el llegar a Uribe con Balmaceda vio que había allí una discusión entre una persona más joven y una personas de la tercera edad, dice que asume que estaban discutiendo, por los gestos que hacían ya que desde donde ella estaba no podía escuchar muy bien. Relató que ella no pudo seguir mirando ya que siguió su viaje rumbo al mall. Otra testigo, dijo haber visto cuando el limpiador de autos se acercó a la camioneta de la víctima y esta se negó a que le limpiaran los vidrios, ante el cual, el aseador se molestó y le arrojó por la ventaja agua a la cara.

                Esto hizo que el conductor bajara de la camioneta e increpara al limpiador el cual fue retrocediendo. Luego de un intercambio verbal, el conductor de la camioneta volvió al vehículo. El imputado saco un trozo de madera tipo tablón desde otro vehículo y atacó por la espalda a la víctima, provocándole lesiones que le ocasionaron la muerte allí mismo.

                En la deliberación los sentenciadores estimaron que los hechos configuran el delito de homicidio calificado según el siguiente razonamiento: “ Los hechos antes descritos constituyen el delito de homicidio calificado antes referido, toda vez que el  acusado dio muerte a la víctima empleando para tal propósito un elemento idóneo, esto es, un tablón de madera de grandes dimensiones e importante peso, asestándole un golpe con tal fuerza que su impacto hizo que la víctima perdiera la conciencia de inmediato, antes incluso de caer al suelo, acción desde ya reveladora del dolo directo de matar o con que obró el acusado, a lo que debe sumarse el modo y las circunstancias en que  empleó el arma homicida, lo que para el tribunal configuró la alevosía con la que actuó el agente, en su modalidad de obrar sobre seguro, dado que  en caso alguno el acusado procuró un enfrentamiento directo con la víctima que le permitiera darse cuenta de que la iban a atacar con un madero –situación distinta a lo acontecido momentos antes en que lo enfrentó con el tubo limpiaparabrisas-, pues en esta nueva ocasión aprovechó que la víctima entendiendo agotada la discusión  retornaba a su camioneta dándole la espalda y en ese contexto el acusado  se hizo del arma homicida y lo agredió deliberadamente cuando ésta se hallaba objetivamente en la imposibilidad de advertir el ataque ni de defenderse”.

                La sentencia que contendrá la pena a aplicar será leída el 10 de julio.

                Al término de la audiencia el vocero de la Fiscalía, abogado José Troncoso manifestó que el Ministerio Público aspira a que se aplique la pena de presidio perpetuo simple, es decir 20 años de privación de libertad.

 

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