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Antofagasta: condenado a diez años de presidio por asalto a repartidor de cigarrillos

Le exigió la entraga del dinero del día. Mientras intimidaba al vendedor fue sorprendido por Carabineros.

Fiscal David Cortés Alafaro

Fiscal David Cortés Alafaro

                El Fiscal David Cortés Alfaro, obtuvo una sentencia de condena en contra de Vladimir Jesús Segovia Araya, de 26 años a quién el Tribunal Oral en Lo Penal de Antofagasta encontró culpable de un delito de robo con violencia e intimidación, ilícito por el que le aplicó una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.

                Los hechos por los que acusó el fiscal Cortés dan cuenta que  el 23 de mayo de 2017, a las 13:15 horas aproximadamente, la víctima, se encontraba realizando labores de reparto de cigarrillos para la empresa Chile Tabacos, en el local de nombre “Benjamín”, ubicado en calle Juan Orione de Antofagasta. Al momento de salir de dicho negocio, es abordado por el imputado y otro sujeto no identificado, procediendo el imputado a apuntarle con un elemento que le impresionó como un arma de fuego, además de agredirlo con el arma en su cabeza, exigiéndole la entrega de dinero señalándole pásame la plata, agregando fuertes epítetos,  mientras que el otro sujeto registraba sus vestimentas. En esos momentos, aparecen funcionarios de Carabineros que se encontraban en el lugar y se percataron de todo el accionar del imputado y del otro sujeto, por lo que éste último huye del lugar sin lograr darle alcance, mientras que el imputado apunta con el arma al funcionario policial, para luego arrojarla al suelo e igualmente intenta huir, siendo retenido por los funcionarios policiales quienes procedieron a su detención, recuperando el arma que correspondía a una pistola a fogueo, sin lograr la sustracción de especies. Como consecuencia de la agresión, la víctima resultó con lesiones de carácter leve, consistente en una contusión capilar.

                Durante el juicio el acusado se acogió a su derecho a guardar silencio, mientras que la defensa, dijo que la prueba a presentar no resultaría satisfactoria para justificar el delito por el que se acusó, ya que a su juicio no existió robo con violencia ni intimidación instando por una figura residual anterior a aquella por la que se acusó.

                No obstante con la narración certera y veraz, que hizo la víctima de los hechos, abonada por el testimonio de los policías que intervinieron en la detención del acusado, sumado al resto de la prueba fiscal, entre ella las imágenes de las 4 cámaras de seguridad con que cuenta el camión repartidor,  el Tribunal dio por acreditado, tanto el delito de robo con violencia e intimidación, como la participación que en el mismo correspondió al acusado.

 

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