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Antofagasta: condena por conducir ebrio y sin licencia de conducir

El joven fue condenado ademas a la pena accesoria de suspensión de licencia por cinco años.

Fiscal Ana María Escobar

Fiscal Ana María Escobar

     La fiscal Ana María Escobar, obtuvo sentencia de condena en contra de Kevin Patricio Herrera Ortíz de 23 años, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo penal, encontró culpable de un delito de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, ilícito por el que le aplicó una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, y la suspensión de la licencia de conducir por un plazo de cinco años. Además deberá pagar una multa de diez UTM.

                Los hechos investigados por la fiscal Escobar, se originan el 12 de septiembre del año pasado, aproximadamente a las 06:10 horas cuando el imputado conducía en estado de ebriedad un vehículo por la Avenida O”Higgins con Coquimbo de esta ciudad, cuando fue fiscalizado por Carabineros, que de inmediato advirtieron que conducía en estado de ebriedad. Practicado el exámen de alcoholemia, quedó en evidencia que conducía con 1,16 gramos por mil de alcohol en la sangre.

                Durante el juicio el acusado hizo uso de su derecho a guardar silencio y su defensa adelantó que a su juicio, la prueba que se presentaría sería insuficiente para acreditar el hecho punible.

                Los jueces sentenciadores en tanto, después de valorar la prueba consistente en testimonial, pericial, documental y fotográfica, estimó que la misma resulta suficiente para dar por acreditado, tanto el delito por el que se acusó, como la participación que en el mismo correspondió al acusado.

                La defensa se opuso que se le aplicará la pena accesoria de suspensión de licencia, debido a que su defendido nunca la ha obtenido, no obstante el Tribunal zanjó esta discusión argumentando que se trata de una pena compuesta, y que en estos casos el juez está obligado a aplicarla.

                Atendido que reunía los requisitos que dispone la ley, se le sustituyó la pena privativa de libertad por la remisión condicional con un plazo de observación de dos años.

 

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