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Antofagasta: presidio perpetuo calificado para homicida de calle Calama

Además se le aplicó una segunda pena por un delito de robo de 5 años y un día.

Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta

Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta

            El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, condenó hoy a una pena de presidio perpetuo calificado a Yonathan Sánchez Riffo, de 21 años a quien encontró culpable un delito de violación con homicidio y otro de robo en lugar habitado,  ilícito este último por el que le aplicó una segunda pena de 5 años y un día de presidioe. Estos hechos fueron perpetrados en  perjuicio de la vecina de calle Calama de esta ciudad, Amalia del Rosario Contreras González de 67 años de edad, a quién ultimó golpeándola y asfixiándola. El hecho acontecido el 1 de enero de 2016.

              En juicio oral, realizado la semana pasada, el fiscal Juan Castro Bekios, presentó la pruebas que incriminaron a Sánchez Riffo quién esta oportunidad tuvo defensa privada a cargo del abogado Antonio Garáfulic.

             Los sentenciadores acogieron y valoraron positivamente la prueba aportada por el fiscal Juan Castro Bekios, desestimando la teoría de la defensa que apuntaba a un delito de homicidio simple, ya que a su juicio no se habría configurado la violación, ya que el acceso carnal se habría producido cuando la víctima ya se encontraba fallecida.

              El Tribunal declaró en su momento, que con el informe de autopsia expuesto por el doctor Rodrigo Valdés Annunziata, especialista en anatomía patológica y medicina legal tanatológica, resultó acreditado más allá de toda duda razonable, que la víctima fue agredida sexualmente cuando se encontraba con vida, de lo que dan testimonio, las diversas heridas de defensa que tiene, prueba inequívoca que trató de evitar la consumación del ilícito.

                El Tribunal pudo establecer, tal como expuso el fiscal Castro en su acusación,  que el día 1 de enero el acusado ingresó a la casa de la víctima ubicada en calle Calama, cerca de la Vega, escalando un muro de la casa de la víctima, la cual era conocida suya por razones laborales, ya que ella mantenía en ese mismo domicilio un taller de armado y desarmado de pallets, el cual era visitado por Sanchéz Riffo que solía ir con un camión a recoger los pallets.

               El hecho de sangre, se produjo en horas de la mañana, cerca de las 9 horas. La víctima en un momento dado sorprende al acusado al interior de su domicilio y lo increpa, ambos forcejean, él la golpea y ella cae al suelo donde el sigue golpeándola, en un momento dado le pone la mano en boca y nariz para inmovilizarla y evitar que pueda pedir ayuda.  El imputado aprovecha la situación de inferioridad física de la víctima y procede a violarla. Para ello rasga su ropa interior, mientras la sigue golpeando, todas estas lesiones en diversas partes de su cuerpo, particularmente el rostro, las manos los muslos y la zona vaginal fueron acreditadas en el informe de autopsia.

                Posteriormente, el acusado registra la casa, en particular el dormitorio de la víctima desde donde extrae, la suma de 52 mil 75 pesos. Luego se dirige a otra habitación donde se tapa con una frazada y se queda dormido, hasta que es despertado por la policía que llega al lugar.

                Cuando Sánchez Riffo, es detenido al interior del domicilio donde se perpetró el delito, tenía aún sus ropas y sus manos manchadas con sangre. Y también se pudieron extraer muestras biológicas desde la zona genital de la víctima. Estas muestra biológicas pudieron certificar de manera científica que el acusado violó a la víctima mientras esta se encontraba con vida.

                Al término dela audiencia de lectura de sentencia, el fiscal Castro Bekios se mostró conforme con la pena aplicada, ya que ella está en consonancia con la acusación fiscal.

                Aclaro que el presidio perpetuo calificado, tal como lo indica el mismo significa que el imputado debe cumplir la pena de por vida y recién a los 40 años de cumplida la pena, puede recién solicitar algún tipo de beneficio. En este caso puntual si se le concediera algún tipo de beneficio, previamente deberá cumplir la segunda pena, es decir los cinco años y un día de presidio por el delito de robo.

 

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