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Calama: el lunes se inicia juicio por parricidio de Mateo Riquelme

Cristian Roldan Riquelme, deberá responder por la muerte del hijo de su conviviente y que él había reconocido como propio

Fiscal de Calama, Raúl Marabolí.

Fiscal de Calama, Raúl Marabolí.

                El lunes próximo a las 08:30 horas se iniciará en Calama el juicio oral en contra de Cristian Roldan Riquelme Araya de 31 años, a quien la fiscalía le imputa participación en la muerte del menor Mateo Riquelme Tejada, al quién había reconocido como hijo, pero que había nacido en una anterior relación de su pareja, y cuya muerte en una primera etapa se intentó hacer pasar por desaparición.

                La acusación presentada por el fiscal Raúl Marabolí, da cuenta que el día sábado 06 de diciembre de 2014, entre las 15 y 16 horas de la tarde el imputado Cristian Riquelme Araya junto con su hijo Mateo Riquelme Tejada de dos años de edad, llegan hasta el domicilio ubicado en calle Federico Errázuriz de esta comuna, haciendo ingreso a una habitación, que éstos arrendaban desde el 17 de noviembre del mismo año; proveniente desde la plaza  21 de Mayo.

Una vez en la habitación y luego de haber consumido droga el imputado procedió a agredir al menor por motivos que aún se desconocen, pero presumiblemente por una discusión telefónica con la madre del menor que se encontraba recluida en el centro de detención preventiva de Calama y que saldría ese mismo día a las 00 horas;  provocándole un traumatismo craneoencefálico cerrado por contusión directa, que le provocó la muerte luego de un periodo de agonía, en el cual el menor vomitó y convulsionó en el lugar, ante lo cual, el imputado procedió, a introducirle un pañal en su boca, con el fin de evitar la expulsión de fluidos provenientes del menor y evitar ser descubierto por los demás vecinos.

Posterior a aquello, se produce el deceso del menor y al ver esta circunstancias, el imputado procede a retirar distintas prendas y a  envolver al menor con una frazada, sacándolo del domicilio para trasladarlo a un sector de Calama, ubicado en las cercanías del cerro la cruz correspondiente a un sitio eriazo denominado como quebrada Quetena de esta ciudad, lugar que era conocido por el imputado con anterioridad y que correspondía a un basural clandestino; donde  enterró al menor,  a unos 20 cm de profundidad del suelo, para posteriormente deshacerse de las distintas prendas que lo incriminaban en un radio aproximado de 20 metros de donde enterró al menor.

Luego y con el objeto de ocultar cualquier rastro y generarse una coartada, concurrió al domicilio de su hermana  Carolina, a quien le pide ayuda inventándole una historia ficticia, consistente en una primera instancia en la pérdida del menor desde la plaza 21 de mayo de esta ciudad, cerca de las 18 horas específicamente desde un juego que se encuentra en dicha plaza.

Siendo aproximadamente las 20.00 horas, del mismo día ambos realizan una serie de acciones, tendientes a la búsqueda del menor desaparecido, tales como llamado a viva voz, consultas a las personas en el lugar, acerca si alguien había visto algo respecto de esta desaparición y finalmente solicitar auxilio a Carabineros de Chile y en conjunto realizar otras tantas diligencias tendiente a la ubicación del menor en base a esta historia ficticia. Luego de aquello en una primera instancia, a fin de hacer más creíble la historia del imputado le señalan  a la policía, que tanto el imputado como su hermana se encontraban con sus respectivos  hijos en dicha plaza y en un momento de descuido por personas desconocidas le es sustraído el menor al imputado, no dándose cuenta de aquella sustracción.

El imputado en el afán de ocultar evidencias y de ser descubierto no solo induce tanto a su hermana como a la madre del menor el día siguiente a su desaparición a concurrir a la pieza N° 6 del domicilio ubicado en calle Federico Errazuriz y proceder a realizar una limpieza profunda con abundante cloro, como lo relatan los testigos, no solo respecto de la pieza, sino que también del colchón que se ubicaba al interior de esta habitación.

 Además tanto a carabineros, policía de investigaciones de chile como a la fiscalía, conminan a realizar una serie de diligencias investigativas tendientes a acreditar las distintas aristas investigativas inventadas por el imputado, que llevaron a periciar vehículos, allanamientos de domicilios en búsqueda de rastro biológicos,  todo con el fin de desvirtuar y desviar la atención tanto de las policías como del Ministerio Público del objeto principal que era la muerte del menor y posterior entierro por parte de don Cristian Riquelme Araya, manteniendo la versión del secuestro durante casi 10 días y solo variándola el día 16 de diciembre del 2014, día del hallazgo del cuerpo sin vida del menor de dos años Mateo Riquelme Tejada.

                El Fiscal Marabolí calificó estos hechos como parricidio e inhumación ilegal, al tiempo que solicita aplicar al acusado  dos circunstancias agravantes: abusar de la superioridad o fuerza de su sexo, de modo que la víctima no pudiere defenderse y ejecutar el ilícito de noche o en despoblado, pidiendo la pena de presidio perpetuo calificado.

                Cabe recordar que este crimen causó profunda conmoción en la capital loina donde la comunidad tras conocerse la desaparición del niño, colaboró intensamente en su búsqueda y luego conocidos los hechos reales se manifestó exigiendo la máxima pena para el homicida del pequeño Mateo Riquelme.

 

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