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Calama: rechazan recurso de nulidad en juicio por manejo en estado de ebriedad

En el accidente de tránsito resultó muerte el acompañante que era padre del conductor.

Corte de Apelaciones de Antofagasta

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                La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la defensa del imputado Ismael Alejandro Cruz Ramos, en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, que lo condenó a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y suspensión de su licencia de conducir por dos años, luego de encontrarlo culpable de un delito de conducción en estado de ebriedad causando muerte de una persona,  cometido el 5 de junio del año 2016 en Calama.

                La defensa fundó su escrito en que la sentencia recurrida, carecía de fundamentación suficiente para dar por establecido que el acusado conducía el vehículo al momento del accidente; ausencia de valoración de la declaración del imputado y fundamentación insuficiente para descartar la declaración de los testigos de la defensa.

                Durante el juicio los sentenciadores tuvieron por acreditados los siguientes hechos: “el día 5 de junio de 2016, aproximadamente a las las 16:30 horas, el imputado Ismael Cruz Ramos y su padre Rosario Cruz Colque, luego de participar en un bautizo el día anterior y de un asado aquel día, donde ambos estuvieron bebiendo se retiran desde Ayquina, por la ruta que une dicho poblado con Calama. Atendido su estado de ebriedad, el conductor Ismael Cruz Ramos, pierde el control del vehículo, volcando de costado en el camino. A consecuencia del volcamiento el padre del conductor sale expulsado del vehículo y sufre lesiones de carácter grave, falleciendo días después.

                Carabineros  concurre al sitio del suceso y posteriormente al Hospital Carlos Cisternas, donde el imputado reconoce la conducción del móvil. El informe de alcoholemia registró que conducía con 1.17 gramos del alcohol por litro de sangre.

                Posteriormente el conductor se desdijo de sus dichos iniciales y dijo que era la víctima, es decir su padre, quién ejecutaba la conducción. Lo cual no fue acreditado durante el juicio.

                En representación de la fiscalía alegó la asesora jurídica Andrea Faret, quién manifestó que el fallo recurrido se ajusta plenamente a derecho y que en el mismo los sentenciadores dejan claramente establecido porque desestiman la tesis de la defensa que era la víctima la que conducía.

                Atendida esta situación la Primera Sala de la Corte de Apelaciones rechazó el recurso presentado por la defensa de Ismael Alejandro Cruz Ramos.

 

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