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Antofagasta: cinco años y un día por asaltar minimarket

El acusado trató de sustraer dinero de una caja y amenazó con algo que parecía un arma, a la dependienta.

Fiscal Pablo Medina Alvarez

Fiscal Pablo Medina Alvarez

           El Fiscal Pablo Medina Alvarez, obtuvo una sentencia de condena en contra de Guido Alexander Cortés Morales de 34 años de edad, a quién el Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta, encontró culpable de cometer un delito de robo con intimidación en grado de tentado, ilícito por el que le aplicó una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.

               Los hechos por los que acusó el fiscal Medina, ocurrieron el 16 de septiembre del año 2015, a las 15:30 cuando la víctima se encontraba atendiendo un minimarket ubicado en calle Lima, de esta ciudad, cuando ingresó el acusado, quién luego de solicitar que lo atendieran, sorpresivamente, ingresó al interior del mesón, empujando a la víctima hacia las cajas registradoras con ánimo de sustraer el dinero que allí se encontraba, sacando un arma de fuego que había mantenido cubierta con una chaqueta en el brazo y colocándola en el brazo de la víctima intimidándola, momento en que uno de los clientes del local huye hacia el exterior. Al ver esto el acusado deja a la víctima para seguir al cliente que había huido, dándose a la fuga. La Víctima por su parte llamó a carabineros que logró ubicar al hechor en las inmediaciones, el que fue reconocido por la víctima.

             El acusado renunció a su derecho a guardar silencio y declaró en el juicio indicando que ese día venía de un carrete en la playa y entró al minimarket a comprar cigarrillos, agregó que no recordaba bien lo que había ocurrido ya que había tomado pastillas, cuando apareció la víctima abandonó el lugar sin amedrentarla ni nada.

            Dijo recordar que llevaba en sus manos un tubo pero no recordaba si este iba cubierto por la chaqueta, no era un arma de fuego era solo un tubo que usaba para defenderse por si le pasaba algo. Dijo que la señora dueña del local pudo haberse asustado porque lo vio con cara de “empastillado”, dijo que recordaba que no le había hecho daño sino que salió del local tomó su auto y se fue. Esta versión fue desmentida por la propia víctima, quién reseñó que fue intimidada y pasó mucho miedo, situación que a su vez fue refrendada por las cámaras de vigilancia del local.

             Con la prueba aportada por el fiscal acusador, consistente en testimonial, pericial y documental el Tribunal dio por configurado, tanto el delito como la responsabilidad que en el mismo correspondió al acusado.

             Atendida la extensión de la pena no se concedieron beneficios sustitutivos al condenado.

 

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