04/07/2016
Condena por conducir en estado de ebriedad y sin licencia
El imputado renunció a guardar silencio y reconoció su participación en los hechos.
Fiscal de Antofagasta, Ana María Escobar
Una pena de 820 días de presidio menor en su grado medio, que deberá cumplir en la modalidad de reclusión nocturna domiciliaria, dispuso el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, en contra de Juan Caraos Flores Díaz de 59 años de edad, quién fue encontrado culpable del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad.
De acuerdo a la acusación presentada por la fiscal Ana María Escobar, los hechos se registraron el 10 de diciembre de 2014 alrededor de las 17:20 horas, cuando el imputado fue sorprendido en calle Baquedano de esta ciudad, conduciendo un vehículo en estado de ebriedad y sin contar con la licencia de conducir. Practicada la alcoholemia, está arrojó 1,45% de gramos por mil de alcohol en la sangre.
El imputado renunció a su derecho a guardar silencio en el juicio y reconoció los hechos que le imputó la fiscalía.
La prueba aportada por la fiscal acusadora, consistente en testimonial, documental y pericial, a juicio de los sentenciadores, resultó suficiente para acreditar, tanto el delito imputado como la participación que en el mismo correspondió al acusado.
Además de la pena aflictiva, la que le fue sustituida, por reunir los requisitos que dispone la ley, se condenó al imputado al pago de una multa de 10 UTM y a la suspensión de su licencia de conducir por un plazo de cinco años.
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