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Tocopilla: condenan a adulto y menor por robo en lugar habitado

Los dos imputados reconocieron en el juicio oral su participación en los hechos.

Fiscal (s) Ricardo Castro Lillo

Fiscal (s) Ricardo Castro Lillo

          El Fiscal (s) de Tocopilla, Ricardo Castro Lillo, obtuvo una sentencia de condena en contra de Patricio Alejandro Obreque Martínez de 20 años y el adolescente R.N.M.S., de 17 años , a quienes el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpables de un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación.

            En el caso del adulto, se le aplicó una condena de  7 años y 8 meses de presidio mayor en su grado mínimo, mientras que el menor de edad se hizo acreedor de una pena de 4 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social.

            Los hechos por los que acusó el fiscal Castro Lillo, dan cuenta que estos se registraron el 30 de noviembre de madrugada, cuando ambos acusados, concurren a una casa de calle Freire, lugar donde procedieron a fracturar el candado de seguridad de la aldaba de la puerta principal, empleando una herramienta llamada Napoleón..

            Así,  pudieron acceder al domicilio y registraron diversas dependencias del mismo, acopiando diversas especies. Luego accedieron al segundo piso repitiendo las acciones y acopiando nuevas especies. Con estas especies, entre las que se contaban electrodomésticos, dinero, prendas de vestir  y una maleta se dieron a la fuga, siendo sorprendidos por Carabineros cerca del lugar trasladando lo sustraido, el menor trasladando la maleta y el adulto portando un televisor.

Durante el juicio ambos imputados, renunciaron a su derecho a guardar silencio y reconocieron su participación en los hechos.

            El Tribunal, estimó que con la prueba aportada por la Fiscalía de Tocopilla, se dio por configurado tanto el delito como la participación que en el mismo cupo a ambos imputados.

            En el caso del adulto no se le concedieron beneficios sustitutivos.

            Respecto al menor la sentencia indica que su régimen de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social deberá garantizar la continuidad de sus estudios.

 

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