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Antofagasta: severas penas por robo con intimidación

Dos sujetos interceptaron a un vecino cerca de la nueve de la mañana en pleno centro y lo intimidaron con armas de fuego.

Fiscal Rodrigo Cusó Segura

Fiscal Rodrigo Cusó Segura

Dos condenas de doce años y 184 días y de diez años y un día, obtuvo el fiscal Rodrigo Cusó en contra de Sergio Javier Concha Concha e Ismael Francisco Sepúlveda Vásquez, respectivamente,  a quienes el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta encontró culpables de un delito de robo con intimidación.

            Los hechos por los que el fiscal Cusó presentó acusación, son del siguiente tenor: el día 30 de junio  del presente año, cerca de las nueve de la mañana y en circunstancias que la víctima caminaba por calle Ossa, cerca de Sucre, en dirección sur de la ciudad, fue abordada por los acusados, que le solicitaron un cigarro. Ante la respuesta negativa, Concha Concha, extrajo desde sus ropas un arma, al parecer de fuego, que colocó en el abdomen de la víctima, mientras que el acusado Sepúlveda Vásquez, extrajo un arma de fabricación artesanal, insultándolo y amenazándolo. En esa circunstancia este último revisa a la víctima sustrayéndole su billetera en la que llevaba 60 mil pesos, con lo cual se retiran del lugar pidiendo al agredido que no mire hacia atrás.

            En esos momentos apareció una patrulla de Carabineros, lo que hizo que los agresores salieran corriendo e ingresaran a una casa del sector, Carabineros llegó hasta el lugar logrando detener a los asaltantes, encontrando en su poder las dos armas usadas en el atraco y 30 mil pesos en dinero en efectivo.

            Los acusados renunciaron a su derecho a guardar silencio y entregaron una versión alternativa, indicando que ellos no habían participado del robo, sino que estaban siendo inculpados de un hecho que no habían cometido.

            No obstante la declaración de la víctima fue explícita en establecer cómo fue que se produjo tanto la intimidación como el robo.

            Los sentenciadores, luego de escuchar la prueba consistente en testimonial, pericial, documental y fotográfica, dio por acreditado tanto el delito como la participación que en el mismo correspondió a ambos acusados.

            Atendida la extensión de las penas, no se concedieron beneficios sustitutivos a los condenados, que deberán cumplir las mismas de manera efectiva.

 

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