15/12/2015
Antofagasta: diez años y un día por femicidio frustrado
El imputado era conviviente de la víctima con la que mantenía dos hijas en común.
Fiscal Javier Loyola Reyes
El Fiscal Javier Loyola Reyes obtuvo una condena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio en contra de un ciudadano colombiano de 40 años de edad, Jesús Arley Atahualpa González, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito frustrado de femicidio.
La acusación presentada por el fiscal Javier Loyola, da cuenta que con fecha 26 de marzo del presente año en horas de la madrugada en el domicilio que el imputado compartía con su conviviente con la que tenía dos hijas en común, se generó una discusión entre ambos, en el curso de la cual y mientras se encontraban en el patio de la casa el acusado agredió a la mujer, debiendo intervenir familiares para evitar que el hombre le siguiera pegando a la víctima. La hija lleva a la madre hasta su dormitorio, adonde ingresa poco después el agresor con un cuchillo en su mano apuñalando a su conviviente por la espalda, la víctima logra salir de la casa siendo auxiliada por familiares que las trasladan al Hospital Regional. Allí se le diagnosticaron dos heridas penetrantes toráxicas de carácter grave, con riesgo vital, de no mediar la oportuna atención médica.
Durante el juicio, el acusado se acogió a su derecho a guardar silencio y la víctima declaró intentando exculpar a su conviviente y aseguro que las heridas le fueron propinadas por desconocidos en momentos que salió a comprar licor a un negocio cercano.
Reconoció haber discutido con su conviviente pero no lo situó como autor de la agresión.
No obstante la hija de 15 años de la pareja dijo que fue éste el que ingresó al dormitorio donde estaba su madre con un cuchillo y le propinó heridas cortantes en el cuerpo. Esta versión fue refrendada por otros testigos que vieron o escucharon que el autor de la agresión con arma blanca de la víctima fue su conviviente, Jesús Arley Atahualpa González.
El Tribunal sentenciador, luego de escuchar la prueba aportada por el fiscal Loyola, dio por acreditado tanto el delito, como la participación que en el mismo correspondió al acusado y que los hechos corresponden al delito de femicidio en este caso en carácter de frustrado.
El Tribunal descartó la versión exculpatoria de la víctima, atendido que ella se contrapone abiertamente con el resto de la prueba, y porque quedó de manifiesto que ella no fue fiel con la verdad, lo que resulta comprensible, aunque no justificable por la relación de parentesco que la une con su víctimario y la severidad con la que la ley sanciona la conducta en que este incurrió.
Por no reunir los requisitos que dispone la ley, no se concedieron beneficios sustitutivos al condenado, que deberá cumplir la pena de manera efectiva.
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