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Antofagasta: 4 años y 176 dias de presidio por fatal atropello

El imputado atropelló y dio muerte a un peatón que caminaba por la calle Pérez Zújovic

Tribunal Oral en Lo Penal de Antofagasta

Tribunal Oral en Lo Penal de Antofagasta

       El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta  aplicó  a Iván Antonio Veas Saluzzi, de 30 años, dos penas una de 540 días de reclusión menor en su grado mínimo por el cuasidelito de homicidio  de Andro Angel  Peña Villagra y una segunda pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito consumado de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda posible y dar cuenta a la autoridad. La víctima fue atropellada en la Avenida Edmundo Pérez Zújovic, el 15 de febrero del año pasado.

               Además deberá pagar una multa de 11 UTM y como pena accesoria  se dispuso la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y el comiso del vehículo que manejaba el día del atropello.

                El Tribunal aceptó sustituir ambas penas por la libertad vigilada intensiva, sin embargo, tal como lo dispone la Ley de sus dos  penas, que suman 4 años y 176 días deberá cumplir a los menos un año de prisión efectiva.

                El hecho de sangre ocurrió en febrero pasado cerca de las 21 horas, cuando el acusado conducía un vehículo  marca Hyundai, modelo Santa Fe, por la Avenida Pérez Zújovic en dirección norte, cuando por mera imprudencia o negligencia, desvío su vehículo a la derecha, ingresando con toda su estructura a la berma adyacente a la calzada, a raíz de lo cual atropella al peatón que transitaba por la berma. Producto del atropello la víctima fue proyectada, cayendo en el terreno de tierra adyacente a la berma, falleciendo a consecuencias de un politraumatismo de carácter grave.

                El imputado, en el juicio, renunció a su derecho a guardar silencio y dijo que el día de los hechos efectivamente sintió un impacto muy fuerte en su vehículo, agregó que no imagino que había atropellado a una persona, sino que pudo haber impactado a un perro o bien que habría un objeto contundente en la calzada, imaginando que podría ser un neumático o carro de supermercado.

                Manifestó que también tuvo temor que pudiera tratarse de un asalto y por eso no paró el vehículo de inmediato, deteniéndose a unos 200 metros del lugar cerca del santuario de Schoensttat. Sin embargo, debido a la mala visibilidad, desde ese lugar no vio nada y siguió su camino.

                Fue días después leyendo la prensa cuando se enteró que se había tratado de un atropello y que la persona afectada había fallecido, por ello tomó la decisión de presentarse ante la PDI.

                La médico legista que declaró en el juicio, dijo que el impacto fue tan grande que provocó un politraumatismo a la víctima con pérdida de masa encefálica, y explosión de ambos globos oculares y la pérdida de varias piezas dentales. Dijo que las lesiones fueron mortales y aunque hubiera recibido atención médica de inmediato no tenía posibilidades de sobrevida.

                En la sentencia el tribunal llegó a la convicción que con la prueba aportada por el acusador quedó más que establecido que el día de los hechos el conductor Iván Veas Saluzzi, se salió de su pista de circulación e ingresó a la berma, lo que hizo de modo intempestivo y por ello no alcanzó a visualizar al peatón que por allí caminaba o bien permanecía allí a la espera de cruzar, ya que vivía al frente, impactándolo

                También se dio por configurado el delito de no haber prestado la ayuda posible a la víctima, puesto que a pesar que el imputado aseguró haberse detenido a 200 metros del hecho,  de la declaración de testigos y de las pericias de la SIAT, quedó en claro que ningún vehículo se detuvo allí.

 

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