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Fiscalía Metropolitana Occidente logra presidio perpetuo calificado en caso de violación con homicidio

Tribunal resolvió aplicar la máxima pena que contempla nuestra actual legislación penal.

Las pruebas de la Fiscalía fueron "contundentes y concordantes", no dejando dudas de la participación en los hechos del condenado.

Las pruebas de la Fiscalía fueron "contundentes y concordantes", no dejando dudas de la participación en los hechos del condenado.

El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy a Javier Salfate Pacheco, de 28 años, a presidio perpetuo calificado como autor del delito de violación con homicidio.

El hecho ocurrió en la madrugada del 19 de septiembre de 2013, cuando el individuo atacó sexualmente, en una cancha de baby fútbol, a una mujer de 47 años en la comuna de Pudahuel, provocándole diversas lesiones para impedir la resistencia de la víctima.

Los magistrados Marcelo Rojas, Ana Larredonda y María Pantoja consideraron que las pruebas presentadas por la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente fueron "contundentes y concordantes", lográndose probar, más allá de toda duda razonable la autoría que le cabe en los hechos al condenado.

La fiscal Paola Salcedo, quien compareció al juicio oral, valoró la decisión del tribunal y destacó la investigación realizada por el persecutor Eduardo Baeza lo que permitió decretar la pena máxima contra Salfate, quien no podrá pedir beneficios carcelarios antes de cumplir 40 años de presidio efectivo.

"La resolución fue acertada. Es una pena absolutamente proporcional a los dos delitos cometidos en contra de la víctima y además a la forma de comisión de los mismos, que fue bastante cruel", sostuvo Salcedo.

Asimismo, añadió que "el Ministerio Público logró de una manera muy contundente, con pruebas testimoniales, biológicas y pericias científicas desvirtuar la teoría de la defensa, la cual alegaba que este hecho se trataba de un homicidio simple, ya que las relaciones sexuales habían sido consentidas".

El tribunal no acogió ninguna atenuante, por cuanto el condenado no tenía irreprochable conducta anterior, pues había sido sentenciado con anterioridad por dos robos.

 

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